BHOPAL: LA TRAGEDIA OLVIDADA.
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ACCESO:
http://www.mediafire.com/watch/axkb37r5i9kqgbe/documental_-_bhopal,_la_tragedia_olvidada_(documentos_tv).avi
(puede verlo o bajarlo a su ordenador)
Se cumplen 30 de años del inicio del desastre industrial de la Union Carbide en Bhopal, India.
A modo de homenaje, TERRATOX comparte con Uds. este documental de la Radio y Televisión Española (RTVE.ES)
miércoles, 3 de diciembre de 2014
Bhopal: La tragedia olvidada. Documental online.
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TERRATOX
viernes, 28 de noviembre de 2014
Ampliación de La Cantábrica II : Exposición en Audiencia Pública en el HCD de Morón.
Si en el área donde vive hay industrias que pueden ser contaminantes, asegúrese de conocer los riesgos que provocan y las acciones a seguir ante posibles accidentes.
Esta frase pertenece
a un Folleto con recomendaciones sobre qué hacer frente a un accidente químico.
Este folleto de Comunicación de Riesgo que está al alcance del público en
general en la página del Ministerio de Salud de la Nación forma parte de la Gestión de Riesgo. Esto es: la acción integral para el
abordaje de una situación de desastre. Permite determinar los riesgos,
intervenir para modificarlos, disminuirlos, eliminarlos o lograr la preparación
pertinente para responder ante los daños que, sin duda, causará un determinado
desastre.
El gobierno local quiere hacer realidad el
proyecto de AMPLIACIÓN DEL PARQUE INDUSTRIAL LA CANTÁBRICA pero no tiene políticas de
gestión de riesgos. Esto se sabe porque no hay evidencia de Comunicación de
Riesgo relacionada con industrias que
operan o generan sustancias peligrosas dentro o fuera de La Cantábrica, algunas
aparentemente controladas por ese organismo provincial llamado OPDS.
Del INFORME FINAL DEL ESTUDIO DE
FACTIBILIDAD PARA LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE INDUSTRIAL LA CANTÁBRICA por lo
exiguo del tiempo de exposición, rescatamos de la página 324:
Para poner en práctica ahora mismo ese diseño participativo está faltando
una etapa previa que no fue contemplada
en el Informe Final. Está faltando la Comunicación de Riesgos.
La comunicación del riesgo puede definirse como un proceso de interacción
e intercambio de información (datos, opiniones y sensaciones) entre individuos,
grupos o instituciones, sobre las amenazas para la salud, la seguridad o el
ambiente, con el propósito de que la comunidad conozca los riesgos a los que
está expuesta y participe en su mitigación (INE, 2000). La comunicación del
riesgo Miguel Ángel Martínez y Jimena Ramos en "Introducción al análisis
de riesgos ambientales”.
Proponemos las siguientes
herramientas para acciones de comunicación de riesgos y para el inicio de
políticas complementarias de reducción de riesgos ambientales:
HOJAS INFORMATIVAS SOBRE SUSTANCIAS
PELIGROSAS:Cada Hoja Informativa trata de una sustancia química y contiene información sobre los peligros para la salud, primeros auxilios y procedimientos de emergencia en caso de incendio o derrame, etc. Es una información en poder de empleadores radicados en el municipio. Debe transformarse en información abierta a los trabajadores y la comunidad. Simplemente hay que establecer la obligación local de compartir las hojas informativas con bomberos, policía y personal del sistema sanitario, estatal o privado, para que se posibilite planificar de forma adecuada las respuestas a emergencias. La Secretaria de Salud debe contar con inventario puesto íntegramente a disposición del vecino. Las instituciones educativas todas, especialmente las ubicadas cerca de plantas industriales que usen sustancias peligrosas, deberán contar con esta información para llevarla a las aulas.
HOJA
PEDIÁTRICA DE PESQUISA DEL RIESGO AMBIENTAL:
En el ámbito sanitario, ya sea público o privado,
hay que institucionalizar lo que se denominada en otros lugares “Hoja Verde”.
Es una herramienta que se agrega a la historia clínica de los niños. Sirve para
identificar chicos que estén expuestos a
riesgos ambientales. Consiste en un cuestionario sobre el ambiente
intradomiciliario y el entorno urbano del domicilio. Permite recolectar datos
para obtener evidencia e intervenir con acciones que mejoren la calidad de
vida. Es una vía indirecta educativa para que pediatras y padres se inicien en
una mayor conciencia medioambiental con acento en riesgos antrópicos. Por otra parte no hay razones para que esta
herramienta sea monopolio exclusivo de pediatras.
REGISTRO
DE SITIOS CONTAMINADOS:
Debe darse continuidad y desarrollo a políticas de relevamiento de
sitios contaminados o bajo sospecha de contaminación. El objeto principal debe
ser la remediación. Toda información
acopiada respecto a sitios contaminados debe comunicarse al sector salud de
inmediato. Igual conducta debe adoptarse cuando el Municipio, OPDS u otro
organismo obtenga mediciones ambientales en caso de incidentes químicos.
Hasta aquí llegamos. Pero podemos
ampliar lo expuesto si de políticas de reducción de riesgos ambientales se
trata. Nada de lo propuesto aquí entra en contradicción con las políticas
ambientales locales sino que las complementa.
Es todo. Gracias.
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lunes, 3 de noviembre de 2014
Vertidos industriales y ruido de venteos de tanques 01 noviembre 2014
OTRO RECORD DE JOHNSON
VERTIDOS INDUSTRIALES A LA VÍA PÚBLICA SEGUIDO DE VENTEOS DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE QUÍMICOS
VERTIDO DEL 01/11/2014
Fue detectado por el vecino Ángel Navarro quien procedió a fotografiar el hecho a las 10:46. El punto de emisión a la vía pública es el portón de acceso a la playa de tanques aéreos de inflamables de SC Johnson. Ese portón cierra a la calle Metzig, a 100 metros de su cruce con calle Sargento Díaz.
Hay 300 metros de recorrido de los vertidos químicos totalmente a cielo abierto hasta caer en las boca de tormenta ubicadas en sobre Av. Presidente Perón. Los líquidos emitidos por SC Johnson a la calle pasan previamente por el sector del cruce de Sargento Díaz y Peschel donde hay una fosa abierta por tareas de extensión de red cloacal. Estos residuos líquidos de Johnson se acumulan en esa esquina a causa de los montículos de tierra que rodean la fosa, pero paulatinamente logran caer a la fosa a pesar de que, como se observa en las imágenes, han colocado un cañito para que funcione al estilo By pass. Por lo tanto, lo que no va a contaminar el Arroyo Morón, contamina en la esquina de Sargento Díaz y Peschel. Como para recalcar que el sitio está contaminado.
Otros vecinos al percibir lo sucedido se dirigieron a las puertas de SC Johnson para pedir explicaciones de lo que estaba sucediendo. En definitiva no obtuvieron respuesta por parte de la empresa. Minutos después del reclamo vecinal, los vertidos cesaron de salir a la vía pública. En SC Johnson: ¿Enviaron los residuos líquidos a napa profunda? o ¿Aguardaron la lluvia para aprovechar y lanzarlos otra vez a la vía pública?
RESPONSABILIDAD MUNICIPAL
¿Todos los vertidos industriales de SC Johnson que caen en los ductos pluviales van a parar al Arroyo Morón siempre?
Se debe tener presente que una técnica responsable de los Estudios de Impacto Ambiental de AySA nos aclaró en oportunidad de una reunión en Sede Central que este tipo de vertidos industriales que salen a la vía pública y terminan en las bocas de tormenta son responsabilidad municipal por ser la red de ductos pluviales de la incumbencia del gobierno local. Y que el problema se empeora dado que por lo general no se verifican a través de controles ad hoc si los ductos pluviales tienen pérdidas a todo lo largo de su recorrido. Lo que se desprende de la opinión de la técnica de AySA es que: De existir esas pérdidas, fisuras, rajaduras en los ductos tendríamos filtraciones de contaminantes en lugares alejados del punto de emisión.
Cabe recordar que el ciudadano Navarro. también efectuó la denuncia telefónica por estos vertidos ante el OPDS (ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE).
Como de costumbre: sin ninguna intervención de respuesta por parte de este organismo que funcionaría (en los papeles) como controlador ambiental de las industrias clasificadas como peligrosas en la Provincia de Buenos Aires.
LOS RUIDOS DE VENTEOS DE SC JOHNSON
Los ruidos de venteo se asemejan a al paso de un avión a chorro o a reacción.
Los venteos son la puesta en funcionamiento de:
"el sistema diseñado para prevenir los efectos de las alteraciones bruscas de presión interna de un tanque de almacenamiento como consecuencia de las operaciones de transvase o de las variaciones de la temperatura ambiente" (Definición técnica tomada de la web del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete, España)
El ciudadano Navarro también incorporó a la denuncia por vertidos el incidente de ruidos de venteos por ser hechos que se dieron en el mismo día y casi en simultáneo.
VERTIDOS INDUSTRIALES A LA VÍA PÚBLICA SEGUIDO DE VENTEOS DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE QUÍMICOS
VERTIDO DEL 01/11/2014
Fue detectado por el vecino Ángel Navarro quien procedió a fotografiar el hecho a las 10:46. El punto de emisión a la vía pública es el portón de acceso a la playa de tanques aéreos de inflamables de SC Johnson. Ese portón cierra a la calle Metzig, a 100 metros de su cruce con calle Sargento Díaz.
Hay 300 metros de recorrido de los vertidos químicos totalmente a cielo abierto hasta caer en las boca de tormenta ubicadas en sobre Av. Presidente Perón. Los líquidos emitidos por SC Johnson a la calle pasan previamente por el sector del cruce de Sargento Díaz y Peschel donde hay una fosa abierta por tareas de extensión de red cloacal. Estos residuos líquidos de Johnson se acumulan en esa esquina a causa de los montículos de tierra que rodean la fosa, pero paulatinamente logran caer a la fosa a pesar de que, como se observa en las imágenes, han colocado un cañito para que funcione al estilo By pass. Por lo tanto, lo que no va a contaminar el Arroyo Morón, contamina en la esquina de Sargento Díaz y Peschel. Como para recalcar que el sitio está contaminado.
Otros vecinos al percibir lo sucedido se dirigieron a las puertas de SC Johnson para pedir explicaciones de lo que estaba sucediendo. En definitiva no obtuvieron respuesta por parte de la empresa. Minutos después del reclamo vecinal, los vertidos cesaron de salir a la vía pública. En SC Johnson: ¿Enviaron los residuos líquidos a napa profunda? o ¿Aguardaron la lluvia para aprovechar y lanzarlos otra vez a la vía pública?
RESPONSABILIDAD MUNICIPAL
¿Todos los vertidos industriales de SC Johnson que caen en los ductos pluviales van a parar al Arroyo Morón siempre?
Se debe tener presente que una técnica responsable de los Estudios de Impacto Ambiental de AySA nos aclaró en oportunidad de una reunión en Sede Central que este tipo de vertidos industriales que salen a la vía pública y terminan en las bocas de tormenta son responsabilidad municipal por ser la red de ductos pluviales de la incumbencia del gobierno local. Y que el problema se empeora dado que por lo general no se verifican a través de controles ad hoc si los ductos pluviales tienen pérdidas a todo lo largo de su recorrido. Lo que se desprende de la opinión de la técnica de AySA es que: De existir esas pérdidas, fisuras, rajaduras en los ductos tendríamos filtraciones de contaminantes en lugares alejados del punto de emisión.
Cabe recordar que el ciudadano Navarro. también efectuó la denuncia telefónica por estos vertidos ante el OPDS (ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE).
Como de costumbre: sin ninguna intervención de respuesta por parte de este organismo que funcionaría (en los papeles) como controlador ambiental de las industrias clasificadas como peligrosas en la Provincia de Buenos Aires.
LOS RUIDOS DE VENTEOS DE SC JOHNSON
Los ruidos de venteo se asemejan a al paso de un avión a chorro o a reacción.
Los venteos son la puesta en funcionamiento de:
"el sistema diseñado para prevenir los efectos de las alteraciones bruscas de presión interna de un tanque de almacenamiento como consecuencia de las operaciones de transvase o de las variaciones de la temperatura ambiente" (Definición técnica tomada de la web del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete, España)
El ciudadano Navarro también incorporó a la denuncia por vertidos el incidente de ruidos de venteos por ser hechos que se dieron en el mismo día y casi en simultáneo.
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lunes, 20 de octubre de 2014
72 horas ininterrumpidas de vertidos industriales de SC Johnson.
El 15 de octubre de 2014 continuaban sin interrupción los vertidos industriales provenientes de la Planta Podestá de la firma estadounidense SC Johnson & Son.
En tres momentos de esa jornada (al mediodía, a la tarde y al anochecer) los vertidos fueron fotografiados por dos vecinos que residen en inmediaciones de esa planta industrial: Ángel Navarro y Nora Romero. Ellos han llegado a fotografiar hasta el punto de emisión: Playa de Tanques Aéreos de Inflamables. Exactamente: el portón metálico de acceso a esa playa que corta a la calle Metzig. Sin embargo, otros vecinos aseguran que el punto de emisión de vertidos industriales que fotografiaron Navarro y Romero no sería el único. Aseveraron que a unos tres cuadras de allí, en el sector de la Planta Podestá en contacto con la Av. Pérez Galdós, también se había detectado otro punto de emisión simultánea de vertidos industriales.
Entre las 03:00 y 04:00 hs del 16 de octubre de 2014 cesaron los vertidos industriales de SC Johnson.
Mostramos aquí las 37 imágenes del incidente que fue denunciado por el vecindario.
Aunque los organismos que recibieron las denuncias no hicieron su aparición en el lugar de los hechos y simplemente se limitaron a escuchar.
"¿Tiene algo que denunciar? Hágalo. Simplemente quedará un registro de su llamado".
Según fuentes de Defensa Civil de Tres de Febrero habían recibido insistentes llamadas telefónicas de vecinos alarmados por la incesante invasión líquida de las calles. La señora Nora Romero, después de obtener imágenes de los vertidos, intentó comunicarse sin éxito con el teléfono de emergencias ambientales del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
Lo mismo le sucedió al señor Navarro respecto al supuesto órgano de control ambiental bonaerense. Sin embargo pudo comunicarse con Defensa Civil de Tres de Febrero (pero ese día era no laborable para la administración por ser el día de ese partido). Pudo comunicarse con el Cuartel de Bomberos Voluntarios de Pablo Podestá, pero esa instancia no pasó más allá de una simple anotación más en el libro de registro del destacamento.
Por algo similar pasó otra vecina con relación al OPDS. Al aburrirse de intentar comunicarse sin éxito con el teléfono de emergencias ambientales, probó llamar al 911 para sugerir la intervención de la División de Investigación de Delitos Ambientales. Tomaron su denuncia. Pero la policía no intervino. En cambio, minutos después, recibió la llamada desde el OPDS. Se trataba de una funcionaria controladora ambiental que le reprochó a la vecina por no llamar directamente a Emergencias Ambientales del OPDS (evidentemente, la burócrata se sintió molesta por alguna comunicación recibida del personal policial para que se hagan cargo de la situación o que parezca que así lo están haciendo). Terminada la comunicación, el saldo es que el OPDS no se iba a hacer presente en el lugar, pero que la vecina podía llamar al día siguiente a la oficina de denuncias del OPDS para saber qué curso se le había dado a su reclamo.
En tres momentos de esa jornada (al mediodía, a la tarde y al anochecer) los vertidos fueron fotografiados por dos vecinos que residen en inmediaciones de esa planta industrial: Ángel Navarro y Nora Romero. Ellos han llegado a fotografiar hasta el punto de emisión: Playa de Tanques Aéreos de Inflamables. Exactamente: el portón metálico de acceso a esa playa que corta a la calle Metzig. Sin embargo, otros vecinos aseguran que el punto de emisión de vertidos industriales que fotografiaron Navarro y Romero no sería el único. Aseveraron que a unos tres cuadras de allí, en el sector de la Planta Podestá en contacto con la Av. Pérez Galdós, también se había detectado otro punto de emisión simultánea de vertidos industriales.
Entre las 03:00 y 04:00 hs del 16 de octubre de 2014 cesaron los vertidos industriales de SC Johnson.
Mostramos aquí las 37 imágenes del incidente que fue denunciado por el vecindario.
Aunque los organismos que recibieron las denuncias no hicieron su aparición en el lugar de los hechos y simplemente se limitaron a escuchar.
"¿Tiene algo que denunciar? Hágalo. Simplemente quedará un registro de su llamado".
Según fuentes de Defensa Civil de Tres de Febrero habían recibido insistentes llamadas telefónicas de vecinos alarmados por la incesante invasión líquida de las calles. La señora Nora Romero, después de obtener imágenes de los vertidos, intentó comunicarse sin éxito con el teléfono de emergencias ambientales del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
Lo mismo le sucedió al señor Navarro respecto al supuesto órgano de control ambiental bonaerense. Sin embargo pudo comunicarse con Defensa Civil de Tres de Febrero (pero ese día era no laborable para la administración por ser el día de ese partido). Pudo comunicarse con el Cuartel de Bomberos Voluntarios de Pablo Podestá, pero esa instancia no pasó más allá de una simple anotación más en el libro de registro del destacamento.
Por algo similar pasó otra vecina con relación al OPDS. Al aburrirse de intentar comunicarse sin éxito con el teléfono de emergencias ambientales, probó llamar al 911 para sugerir la intervención de la División de Investigación de Delitos Ambientales. Tomaron su denuncia. Pero la policía no intervino. En cambio, minutos después, recibió la llamada desde el OPDS. Se trataba de una funcionaria controladora ambiental que le reprochó a la vecina por no llamar directamente a Emergencias Ambientales del OPDS (evidentemente, la burócrata se sintió molesta por alguna comunicación recibida del personal policial para que se hagan cargo de la situación o que parezca que así lo están haciendo). Terminada la comunicación, el saldo es que el OPDS no se iba a hacer presente en el lugar, pero que la vecina podía llamar al día siguiente a la oficina de denuncias del OPDS para saber qué curso se le había dado a su reclamo.
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Ubicación: Pablo Podestá, Buenos Aires, Argentina
Pablo Podestá, Buenos Aires, Argentina
miércoles, 15 de octubre de 2014
Resultados del Estudio de Suelo de AySA.
Al final apareció el estudio de suelo AySA.
Llegó por correspondencia a manos del vecino Sr. Navarro con una nota firmada por el Director de Desarrollo de la Comunidad, Arq. Rodolfo Rojas.
El Secretario de Salud Pública de Tres de Febrero también lo recibió, pero no por correspondencia directa de AySA sino a través de Navarro.
Llama mucho la atención lo que se dice en la Conclusión que aparece al final de la Tabla de resultados.
AQUÍ PRESENTAMOS LA TABLA CON LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO.
Estudio efectuado por la Dirección de Ambiente de AySA. Investigó si hay contaminación con relación a SC Johnson.
En próximas publicaciones, nuestra posición respecto a estos resultados analíticos y al diseño de este estudio de suelo.
Recomendaciones para quienes tengan el sistema operativo Microsoft Window).
Para visualización óptima siga este camino:
1º clic en la imagen de arriba (se abrirá una ventana con la imagen agrandada)
2º clic con el botón derecho del mouse en la imagen agrandada, (se abrirá un menú; elija y haga clic en "copiar imagen";
3º Abra el programa "Paint" y vaya a "edición" y haga clic en "pegar".
4º Guarde la imagen (si una vez guardada la quiere imprimir, recomendamos guardarla en formato BMP)
PARA ENTENDER LA TABLA DE RESULTADOS
(a pesar de lo que dice la CONCLUSIÓN)
La 1ª columna:
contiene en su gran parte lista de los contaminantes o residuos peligrosos detectados en el suelo de 4 lugares de Pablo Podestá donde se realizan las obras de extensión de red cloacal.
La 2ª columna:
Indica los Niveles guía de Calidad de Suelos de tipo residencial de la Ley de Residuos Peligrosos 24.051 y su Decreto 831/93. (Próximamente explicaremos algunos vacíos donde no se señala ninguna cifra que identifiqué cuál es el Nivel Guía de Calidad de Suelos) Estos niveles indican cifras límite para contaminantes presentes en el suelo. Si estos límites son sobrepasados por concentraciones elevadas de contaminantes estamos ante una situación de contaminación que merece ser eliminada mediante REMEDIACIÓN para evitar daños mayores. Y a su vez es una señal para que el Estado realice urgentemente una EVALUACIÓN DE RIESGOS de la salud de cada vecino que habita en la zona.
La 3ª y 4ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP1 (se recolectó en Sargento Díaz 8135).
La 5ª y 6ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP2 (se recolectó en Sargento Díaz 8485).
La 7ª y 8ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP3 (se recolectó en Av. Presidente Perón 8308).
La 9ª y 10ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP4 (se recolectó en Tte. Espora 8420).
En cada par de columnas
La primera columna indica la menor profundidad (0,30 metros) que se excavó para tomar la muestra. En la segunda columna indica la mayor profundidad (1,20 metros) que se excavó para tomar la muestra. Ambas columnas tienen la fecha y la hora en que se tomó la muestra y su orden e identificación. Y más abajo presentan las concentraciones de los contaminantes del suelo detectados durante el análisis en laboratorio.
El símbolo " < " significa menor que. P. ej.: <100 debe leerse: menor que cien.
Vecino:
Si Ud. observa cuidadosamente encontrará que las concentraciones de dos contaminantes peligrosos que están en esta tabla merece que empecemos a pensar qué hacer.
Queda por analizar qué pasa cuando en la 2ª columna encontramos al menos 3 vacíos que no indican Niveles Guía de Calidad de Suelos. Y sin embargo la Ley 24051 en su Decreto 831/93 tiene esos datos. Pero lo veremos en la próxima publicación. No se quede tranquilo con la CONCLUSIÓN.
Llegó por correspondencia a manos del vecino Sr. Navarro con una nota firmada por el Director de Desarrollo de la Comunidad, Arq. Rodolfo Rojas.
El Secretario de Salud Pública de Tres de Febrero también lo recibió, pero no por correspondencia directa de AySA sino a través de Navarro.
Llama mucho la atención lo que se dice en la Conclusión que aparece al final de la Tabla de resultados.
AQUÍ PRESENTAMOS LA TABLA CON LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO.
Estudio efectuado por la Dirección de Ambiente de AySA. Investigó si hay contaminación con relación a SC Johnson.
En próximas publicaciones, nuestra posición respecto a estos resultados analíticos y al diseño de este estudio de suelo.
Recomendaciones para quienes tengan el sistema operativo Microsoft Window).
Para visualización óptima siga este camino:
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2º clic con el botón derecho del mouse en la imagen agrandada, (se abrirá un menú; elija y haga clic en "copiar imagen";
3º Abra el programa "Paint" y vaya a "edición" y haga clic en "pegar".
4º Guarde la imagen (si una vez guardada la quiere imprimir, recomendamos guardarla en formato BMP)
PARA ENTENDER LA TABLA DE RESULTADOS
(a pesar de lo que dice la CONCLUSIÓN)
La 1ª columna:
contiene en su gran parte lista de los contaminantes o residuos peligrosos detectados en el suelo de 4 lugares de Pablo Podestá donde se realizan las obras de extensión de red cloacal.
La 2ª columna:
Indica los Niveles guía de Calidad de Suelos de tipo residencial de la Ley de Residuos Peligrosos 24.051 y su Decreto 831/93. (Próximamente explicaremos algunos vacíos donde no se señala ninguna cifra que identifiqué cuál es el Nivel Guía de Calidad de Suelos) Estos niveles indican cifras límite para contaminantes presentes en el suelo. Si estos límites son sobrepasados por concentraciones elevadas de contaminantes estamos ante una situación de contaminación que merece ser eliminada mediante REMEDIACIÓN para evitar daños mayores. Y a su vez es una señal para que el Estado realice urgentemente una EVALUACIÓN DE RIESGOS de la salud de cada vecino que habita en la zona.
La 3ª y 4ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP1 (se recolectó en Sargento Díaz 8135).
La 5ª y 6ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP2 (se recolectó en Sargento Díaz 8485).
La 7ª y 8ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP3 (se recolectó en Av. Presidente Perón 8308).
La 9ª y 10ª columna:
Son ambas para la muestra de suelo PP4 (se recolectó en Tte. Espora 8420).
En cada par de columnas
La primera columna indica la menor profundidad (0,30 metros) que se excavó para tomar la muestra. En la segunda columna indica la mayor profundidad (1,20 metros) que se excavó para tomar la muestra. Ambas columnas tienen la fecha y la hora en que se tomó la muestra y su orden e identificación. Y más abajo presentan las concentraciones de los contaminantes del suelo detectados durante el análisis en laboratorio.
El símbolo " < " significa menor que. P. ej.: <100 debe leerse: menor que cien.
Vecino:
Si Ud. observa cuidadosamente encontrará que las concentraciones de dos contaminantes peligrosos que están en esta tabla merece que empecemos a pensar qué hacer.
Queda por analizar qué pasa cuando en la 2ª columna encontramos al menos 3 vacíos que no indican Niveles Guía de Calidad de Suelos. Y sin embargo la Ley 24051 en su Decreto 831/93 tiene esos datos. Pero lo veremos en la próxima publicación. No se quede tranquilo con la CONCLUSIÓN.
¿Ud. está interesado en obtener una copia completa e impresa del Estudio de Suelo?
Haga CONTACTO CON TERRATOX haciendo clic en el siguiente enlace: "Haga su consulta"
¿Ud. simplemente quiere ver el estudio completo on line?
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domingo, 28 de septiembre de 2014
Le responden a AySA (con reclamo de informe de estudios de suelo)
El 10 de septiembre de 2014, el Sr. Ángel Navarro llegó a la oficina central de AySA. Su objetivo fue presentar una respuesta a la Nota nº 226867/14 que, el Director de Desarrollo de la Comunidad de AySA, Arq. Rodolfo Rojas, le enviara a raíz de un reclamo de TERRATOX al Secretario de Salud Pública de Tres de Febrero.
Compartimos con Uds. la respuesta de Navarro a AySA. Aquí la transcripción:
Director: Arq. Rodolfo Rojas
2. El otro fundamento es que venimos pidiendo remediación de la zona y es un pedido inconcluso que se efectuó tanto al gobierno local y al provincial, desde 2011 y 2008 respectivamente. No se dio respuesta gubernamental a ese reclamo porque se teme presionar políticamente y llegar a molestar a la multinacional responsable del daño (pero que retribuye dando apoyo ideológico y efectivo al sistema democrático sin discriminar entre oficialismo y oposición). Por lo cual, a la fecha, la empresa norteamericana sigue usando el predio. El sitio no ha sido abandonado [extremo que exige la Ley 14343 que, sólo en la letra, regula la identificación de los pasivos ambientales, y “obliga” a recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en el ambiente (contaminación del agua-suelo-aire)]. Entonces, la Auditoría de Cierre no se inició por lo cual el estado ambiental del sitio se desconoce (y para conocerlo no basta un simple muestreo de suelo). No hay recomposición. No hay remediación. No hay saneamiento. Por el contrario, sobre ese contexto lo que se hace es irrumpir en zona de pasivo ambiental y no para efectuar lo que se reclama sino para llevar a cabo obras que podrían haber sido suspendidas con pleno derecho (y en épocas de un supuesto auge de la ampliación de derechos) por aplicación de los Principios de Precaución o de Prevención. En otros términos, una suspensión de la extensión de la red cloacal durante el tiempo que exija cambiar el status quo ya reseñado. Por estas razones, el planteo de TERRATOX (que comparto plenamente) no tiene peso específico ante el impulso de la ansiedad política y quizá la necesidad de blanquear directa o indirectamente al factor causante del daño ambiental y la preocupación por evitar que la turbulencia de nuestro caso se replique en otras localidades con similares conflictos ambientales. Si tuve que aclararle todo esto es porque Ud. y toda su cadena de mando arriba y abajo, aparentemente, lo desconocían. Pero, tal vez sirva para cambiar su enfoque simplista sobre el planteo de TERRATOX.
B) Atento a lo expresado por Ud en Nota de ref. en la consideración 2), donde dice:
Corresponde
indicar, por orden de importancia, que:
1. La copia del estudio citado (análisis de suelo) no llegó a mí. La Nota AySA Nº226867/14 era el único contenido del sobre, sin otro documento adjunto. Solicito el envío del mismo. Esperamos que todo se trate de un error, sin intención dilatoria alguna, mientras avanzan las obras. Una vez que recibamos ese material, lo someteremos a examen. Luego se evaluará y, si corresponde, se pondrá en crisis en lo que respecta a: “puntos representativos”; número de muestras; residuos o constituyentes peligrosos que se buscaron; etc.
2. El Decreto 831/93 (Reglamentación de la Ley N° 24.051) presenta, en su Tabla 9 Niveles Guía de Calidad de Suelos, un total de apenas 54 constituyentes peligrosos. Pero no incluye al Cloroformo. Esto hace crecer las sospechas de que se vino a analizar el suelo de Zona Johnson con la listita de la Tabla 9 y sin conocer su historia o corpus de antecedentes ambientales que indican que ya se halló Triclorometano o Tricloruro de Formilo (si desea conocer más detalles de ello le cuento que TERRATOX envió el 08.9.2014, vía email a la A.PLA, los indicios de sitio contaminado -excluyendo los contaminantes de aire y agua- entre los que se cuenta el hallazgo de cloroformo, por lo tanto, puede pedir una copia de ese mensaje). Cinco años más tarde se detectó en suelo otro residuo peligroso: metilnaftaleno. También ausente en la Tablita 9. En concreto, queda demostrado así que el Dec. 831/93 presenta un menú de opciones bastante pobre como para abordar zona Johnson. También, ignorar los antecedentes ambientales de la planta SC Johnson y su zona de impacto puede hacer caer, automáticamente, los “puntos representativos”.
3. Imaginemos,
por un momento, que es así como dice su nota: en el suelo de zona Johnson los
datos de análisis no superan los límites admisibles de la Ley 24051 y decreto
reglamentario. Y que además, los análisis de suelo arrojan resultados idénticos
o similares en todas las localidades donde opera AySA. Es decir: el suelo no
está contaminado y removerlo no va a provocar daños mayores ni a los perros, y
cloacas para todos.
3.1. Eso llevaría a concluir que en el territorio abarcado por las obras de AySA no se detectan, por el momento, indicios de sitios contaminados. ¿Será esa la razón por la cual la LEY N° 14343 que regula la identificación de los Pasivos Ambientales (sitios contaminados) termina siendo la única ley medioambiental que no está incluida en el Marco Legal de los Estudios de Impacto Ambiental de AySA a los que hemos podido acceder?
3.2. Si nos atenemos a los resultados de los estudios de suelo efectuados en la zona en diciembre de 2013 tendremos la garantía de que no se van a producir en el suelo afectado a la traza los siguientes hallazgos (previstos en algunos EsIA de AySA a los que hemos podido acceder): hallazgo de Residuos especiales o peligrosos generados por terceros o hallazgo de suelos contaminados. ¡Qué alegría para el contratista o ejecutor de la obra! porque no va a estar obligado a desembolsar gruesas sumas de dinero para cumplir con lo exigido por el Plan de Gestión Ambiental de AySA. Esto es: Disposición final de la tierra contaminada y reposición de tierra apta en reemplazo de aquella que no estaba en condiciones de ser reutilizada. Todo por cuenta y cargo del contratista. La planta Johnson ocupa un terreno de casi 9 manzanas y cumplir con la traza prácticamente significaría, bajo las condiciones ambientales reales de la zona, la quiebra del contratista. En este caso: el Municipio de Tres de Febrero cuya Secretario de Obras y Servicios Públicos, Sr. Humberto Olmedo (también Representante del área de Cuenca Media, Municipios de Malvinas Argentinas, San Miguel, Gral. San Martín, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingo, Jose C. Paz y Hurlingham ante el COMIREC) “cajonea”, desde enero de 2012 y enero de 2013: el Expte 18756-T-12 y Nota 056 -dirigida a Secretaría de Salud Pública- respectivamente, cortando la cadena administrativa. Pero ese sería como un hábitus incorregible del Sr. Olmedo, siempre listo para aportar “palos en la rueda” y boicotear el proyecto de Salud y Ambiente que se intenta construir desde la propia Secretaría de Salud Pública del Municipio. Proyecto al cual fue invitada la agrupación TERRATOX a los fines de brindar asesoramiento.
3.3. Un mero muestreo y análisis químico en el cual los resultados no superen los niveles de referencia no elimina la posibilidad de efectuar mayores estudios. Más aun cuando, entre otras cuestiones:
3.3.1.
Existen añejos antecedentes ambientales
acumulados.
3.3.2. Existen antecedentes toxicológicos entre los antiguos pobladores de la zona.
3.3.3. No existe un nivel seguro de exposición a un carcinógeno y, por consiguiente, todo contacto debe reducirse al mínimo posible. Esto lo adelanto por si acaso en “los datos obtenidos” en los estudios (cuya copia Ud. Dice haber enviado cuando en realidad no se halló adjunta a su Nota y que, reitero, Ud. me la enviará urgentemente), puede aparecer algún componente catalogado como cancerígeno y el hecho de que no supere los niveles de referencia no quita la situación riesgo para personas vulnerables (niños, enfermos, discapacitados, ancianos, embarazadas).
3.3.4. Los estudios que contradicen lo señalado en su nota son parte del Corpus de antecedentes de zona Johnson. Fueron incluidos en su mayor parte en el Expte 18756-T-12 en Nota 056 y sus anexos. El Sr. Olmedo, Secretario de Obras y Servicios Públicos de Tres de Febrero, siempre disfruta compartiendo información, él puede darle una copia.
A los 10 días del mes de setiembre del Año de NSJC 2014
Compartimos con Uds. la respuesta de Navarro a AySA. Aquí la transcripción:
Pablo
Podestá.
AySA (Aguas
y Saneamientos Argentinos SA)
Dirección
Desarrollo de la ComunidadDirector: Arq. Rodolfo Rojas
Ref.: Respuesta a
la nota AySA Nº 226867/14
Estimado Director:
A) Atento a lo expresado por Ud al comienzo
de la Nota de ref. donde dice:
Corresponde
indicar que:
1. La afirmación no se funda simplemente en “la
proximidad de las Obras con el predio de la planta industrial de S.C. JOHNSON
& SON” sino en que las Obras ingresaron en zona de pasivo ambiental de esa
empresa y eso se traduciría en un incremento del riesgo ambiental y sanitario.
Es decir: Se funda en una situación de riesgo ambiental preexistente y a la
cual se la puede agravar sumándole otra situación de riesgo derivada de las
Obras. 2. El otro fundamento es que venimos pidiendo remediación de la zona y es un pedido inconcluso que se efectuó tanto al gobierno local y al provincial, desde 2011 y 2008 respectivamente. No se dio respuesta gubernamental a ese reclamo porque se teme presionar políticamente y llegar a molestar a la multinacional responsable del daño (pero que retribuye dando apoyo ideológico y efectivo al sistema democrático sin discriminar entre oficialismo y oposición). Por lo cual, a la fecha, la empresa norteamericana sigue usando el predio. El sitio no ha sido abandonado [extremo que exige la Ley 14343 que, sólo en la letra, regula la identificación de los pasivos ambientales, y “obliga” a recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en el ambiente (contaminación del agua-suelo-aire)]. Entonces, la Auditoría de Cierre no se inició por lo cual el estado ambiental del sitio se desconoce (y para conocerlo no basta un simple muestreo de suelo). No hay recomposición. No hay remediación. No hay saneamiento. Por el contrario, sobre ese contexto lo que se hace es irrumpir en zona de pasivo ambiental y no para efectuar lo que se reclama sino para llevar a cabo obras que podrían haber sido suspendidas con pleno derecho (y en épocas de un supuesto auge de la ampliación de derechos) por aplicación de los Principios de Precaución o de Prevención. En otros términos, una suspensión de la extensión de la red cloacal durante el tiempo que exija cambiar el status quo ya reseñado. Por estas razones, el planteo de TERRATOX (que comparto plenamente) no tiene peso específico ante el impulso de la ansiedad política y quizá la necesidad de blanquear directa o indirectamente al factor causante del daño ambiental y la preocupación por evitar que la turbulencia de nuestro caso se replique en otras localidades con similares conflictos ambientales. Si tuve que aclararle todo esto es porque Ud. y toda su cadena de mando arriba y abajo, aparentemente, lo desconocían. Pero, tal vez sirva para cambiar su enfoque simplista sobre el planteo de TERRATOX.
B) Atento a lo expresado por Ud en Nota de ref. en la consideración 2), donde dice:
Corresponde
indicar que:
1.
La nota que fuera dirigida a la Secretaría de
Salud de la Municipalidad de Tres de Febrero se basa en el Estudio Ambiental
Cuenca Hurlingham.
1.1
De ese Estudio se extrajeron párrafos relativos
a los impactos negativos (específicamente los referidos a la salud pública).
Pero también se pudo extraer eso mismo de párrafos similares o idénticos de
estudios ambientales destinados a otras obras y para otros puntos geográficos
del área de servicio AySA. Por la sencilla razón de que los impactos negativos
vinculados a salud pública son un componente constante en esos estudios
ambientales. Basta con citar P. ej.: el EsIA del proyecto de batería de Pozos
Buen Ayre en Tres de Febrero. La obra consiste en construcción de pozos, a
metros del Arroyo Morón, para captación
de agua. No se trata de la construcción de una Planta Depuradora, como en
Hurlingham. Y, sin embargo, también en dicho EsIA se hace referencia a los
impactos negativos relacionados con la emisión de material particulado, olores,
etc.
1.2 En
conclusión: El tema no consiste en usar “sacadas de contexto” transcripciones
de estudios de ésta o aquella obra sino de los impactos negativos que son un
factor común a todas las obras. Entonces, la descontextualización es una
acusación infundada. Después de todo, las operaciones de AySA no se realizan
sobre nubes sino sobre suelo. Ergo, si se realizan sobre suelo, las actividades
necesarias para llevar a cabo las obras proyectadas (sean plantas depuradoras,
pozos o cloacas) van a producir -inevitablemente y por la misma naturaleza de
las cosas- polvo o material particulado. A partir de allí, para quienes estamos
interesados en la Salud Pública y, específicamente, la Salud Ambiental, la
secuencia que nos importa es la siguiente: La exposición de la población al material
pulverulento removido y disperso en el ambiente que, como bien señala AySA
puede dar lugar a la aparición de afecciones en vías respiratorias y en la piel.
Más aún si el suelo removido es de Zona Johnson. Con más razón, son pertinentes
los pedidos de medidas sanitarias preventivas.
1.3 Rebatida
absolutamente la cuestión de las transcripciones sacadas de contexto, en primer
término, debo manifestar que no ha llegado a mi conocimiento ni al de la
agrupación TERRATOX el contenido del Estudio de impacto ambiental de OC70010
Pablo podestá M2. De haber contado con
ese EsIA seguramente la nota dirigida al Secretario de Salud quizá no habría
merecido crítica como la rechazada arriba.
En segundo término debo preguntar ¿por qué la Dirección de Desarrollo de
la Comunidad de Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. no adjuntó a esta
respuesta el correspondiente estudio de impacto ambiental de las obras de
tendido de red cloacal “Pablo Podestá Módulo
2”? Habría sido más práctico, habría facilitado el libre acceso a la información
pública ambiental y habría evitado nuevos gastos de envío (dicho sea de paso: Nota AySA Nº226867/14 de la cual me notifiqué
esta mañana, llegó en un sobre blanco con el logo de AySA pero cerrado con 3
graps).
C) Atento a lo expresado por Ud en Nota de
ref. en la consideración 3), donde dice:
1. La copia del estudio citado (análisis de suelo) no llegó a mí. La Nota AySA Nº226867/14 era el único contenido del sobre, sin otro documento adjunto. Solicito el envío del mismo. Esperamos que todo se trate de un error, sin intención dilatoria alguna, mientras avanzan las obras. Una vez que recibamos ese material, lo someteremos a examen. Luego se evaluará y, si corresponde, se pondrá en crisis en lo que respecta a: “puntos representativos”; número de muestras; residuos o constituyentes peligrosos que se buscaron; etc.
2. El Decreto 831/93 (Reglamentación de la Ley N° 24.051) presenta, en su Tabla 9 Niveles Guía de Calidad de Suelos, un total de apenas 54 constituyentes peligrosos. Pero no incluye al Cloroformo. Esto hace crecer las sospechas de que se vino a analizar el suelo de Zona Johnson con la listita de la Tabla 9 y sin conocer su historia o corpus de antecedentes ambientales que indican que ya se halló Triclorometano o Tricloruro de Formilo (si desea conocer más detalles de ello le cuento que TERRATOX envió el 08.9.2014, vía email a la A.PLA, los indicios de sitio contaminado -excluyendo los contaminantes de aire y agua- entre los que se cuenta el hallazgo de cloroformo, por lo tanto, puede pedir una copia de ese mensaje). Cinco años más tarde se detectó en suelo otro residuo peligroso: metilnaftaleno. También ausente en la Tablita 9. En concreto, queda demostrado así que el Dec. 831/93 presenta un menú de opciones bastante pobre como para abordar zona Johnson. También, ignorar los antecedentes ambientales de la planta SC Johnson y su zona de impacto puede hacer caer, automáticamente, los “puntos representativos”.
3.1. Eso llevaría a concluir que en el territorio abarcado por las obras de AySA no se detectan, por el momento, indicios de sitios contaminados. ¿Será esa la razón por la cual la LEY N° 14343 que regula la identificación de los Pasivos Ambientales (sitios contaminados) termina siendo la única ley medioambiental que no está incluida en el Marco Legal de los Estudios de Impacto Ambiental de AySA a los que hemos podido acceder?
3.2. Si nos atenemos a los resultados de los estudios de suelo efectuados en la zona en diciembre de 2013 tendremos la garantía de que no se van a producir en el suelo afectado a la traza los siguientes hallazgos (previstos en algunos EsIA de AySA a los que hemos podido acceder): hallazgo de Residuos especiales o peligrosos generados por terceros o hallazgo de suelos contaminados. ¡Qué alegría para el contratista o ejecutor de la obra! porque no va a estar obligado a desembolsar gruesas sumas de dinero para cumplir con lo exigido por el Plan de Gestión Ambiental de AySA. Esto es: Disposición final de la tierra contaminada y reposición de tierra apta en reemplazo de aquella que no estaba en condiciones de ser reutilizada. Todo por cuenta y cargo del contratista. La planta Johnson ocupa un terreno de casi 9 manzanas y cumplir con la traza prácticamente significaría, bajo las condiciones ambientales reales de la zona, la quiebra del contratista. En este caso: el Municipio de Tres de Febrero cuya Secretario de Obras y Servicios Públicos, Sr. Humberto Olmedo (también Representante del área de Cuenca Media, Municipios de Malvinas Argentinas, San Miguel, Gral. San Martín, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingo, Jose C. Paz y Hurlingham ante el COMIREC) “cajonea”, desde enero de 2012 y enero de 2013: el Expte 18756-T-12 y Nota 056 -dirigida a Secretaría de Salud Pública- respectivamente, cortando la cadena administrativa. Pero ese sería como un hábitus incorregible del Sr. Olmedo, siempre listo para aportar “palos en la rueda” y boicotear el proyecto de Salud y Ambiente que se intenta construir desde la propia Secretaría de Salud Pública del Municipio. Proyecto al cual fue invitada la agrupación TERRATOX a los fines de brindar asesoramiento.
3.3. Un mero muestreo y análisis químico en el cual los resultados no superen los niveles de referencia no elimina la posibilidad de efectuar mayores estudios. Más aun cuando, entre otras cuestiones:
3.3.2. Existen antecedentes toxicológicos entre los antiguos pobladores de la zona.
3.3.3. No existe un nivel seguro de exposición a un carcinógeno y, por consiguiente, todo contacto debe reducirse al mínimo posible. Esto lo adelanto por si acaso en “los datos obtenidos” en los estudios (cuya copia Ud. Dice haber enviado cuando en realidad no se halló adjunta a su Nota y que, reitero, Ud. me la enviará urgentemente), puede aparecer algún componente catalogado como cancerígeno y el hecho de que no supere los niveles de referencia no quita la situación riesgo para personas vulnerables (niños, enfermos, discapacitados, ancianos, embarazadas).
3.3.4. Los estudios que contradicen lo señalado en su nota son parte del Corpus de antecedentes de zona Johnson. Fueron incluidos en su mayor parte en el Expte 18756-T-12 en Nota 056 y sus anexos. El Sr. Olmedo, Secretario de Obras y Servicios Públicos de Tres de Febrero, siempre disfruta compartiendo información, él puede darle una copia.
Sin otro
particular, lo saludo con el respeto que se merece.
A los 10 días del mes de setiembre del Año de NSJC 2014
ÁNGEL RODOLFO NAVARRO DNI 12747062
SGTO DÍAZ 8327, (CP1657)PABLO PODESTÁ- PBA- ARG.
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viernes, 26 de septiembre de 2014
La incompleta carta de AySA al presidente de TERRATOX y al Sec de Salud del municipio de Tres de Febrero.
¿Qué motivó la carta de AySA?
Lo que motivó la carta de AySA (Agua y Saneamientos Argentinos S.A.) fue una nota de TERRATOX presentada en el Municipio de Tres de Febrero.
En esa nota se hablaba de la irrupción de AySA en zona Johnson con excavaciones en suelo contaminado para extender la red de desagüe cloacal. La nota TERRATOX, ante el avance de las obras de AySA, reclama al Secretario de Salud Pública Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos sanitarios móviles.
¿Por qué decimos "La incompleta carta de AySA"?
Decimos "La incompleta carta de AySA" porque, como verán abajo, el Arq. Rodolfo Rojas (Director de Desarrollo de la Comunidad) afirma que AySA realizó en diciembre de 2013 un análisis de suelo en el área donde están ahora excavando.
La nota lleva la firma del Arq. Rojas dice:
"adjuntamos a la presente copia del estudio citado,..."Pero, en los hechos, el sobre de AySA llegó cerrado con grapas con la nota de Rojas en su interior, pero sin contener copia alguna del estudio de suelo. Por eso le decimos "incompleta" a la Carta de AySA.
La carta de AySA fue enviada al Sr. Ángel Rodolfo Navarro con copia de cortesía al Dr. Collia, Secretario de Salud Pública de Tres de Febrero.
Navarro al constatar que el estudio de suelo no llegó con la correspondencia presentó también una comunicación al Dr. Collia, para saber si había recibido la carta de AySA junto con dicho estudio. Hasta el momento, el Dr. Collia no respondió ante esta inquietud.
¿Por qué AySA le envía la carta a Ángel Rodolfo Navarro y no a la agrupación TERRATOX?
AySA le envía la carta a Navarro porque éste, además de ser el presidente de TERRATOX, es el editor responsable del blog TERRATOXNEWS, publicación dedicada a difundir noticias ambientales. A través del correo electrónico de TERRATOXNEWS, Navarro le comunicó al ERAS (Ente Regulador de Agua y Saneamiento) que "AySA invadió sitio contaminado". Recibida la noticia enviada por Navarro, el ERAS se comunicó con AySA para retransmitirle la novedad.
Esto explica por qué AySA envía su carta a Navarro. Además es, este mismo vecino de Pablo Podestá, quien firma la nota de TERRATOX en su carácter de presidente.
Para más datos, el Sr. Navarro ya le respondió a AySA (publicaremos la respuesta a AySA en pocas horas más, Dios mediante).
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lunes, 22 de septiembre de 2014
Memoria histórica ambiental.
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jueves, 18 de septiembre de 2014
Cloroformo en suelo de Zona Johnson: el expediente perdido
Mientras AySA entra al área con cloroformo en suelo, bien vale hacer memoria.
EL EXPEDIENTE PERDIDO
Dos áreas o sectores en el entorno de la planta química SC Johnson fueron escenario del hallazgo de Cloroformo en suelo. Esos hallazgos se produjeron en épocas en que la justicia federal investigaba a la multinacional y enviaba a agentes del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina para hacer peritajes en esta localidad del Gran Buenos Aires. Hasta que la causa federal pasó al fuero provincial para ser archivada. Y la presencia de Cloroformo en suelo quedo sin remediar, entre otras cosas.
Aquí un documento de TERRATOX del 30 de junio de 2003 que fuera presentado al Programa Nacional de Riesgo Químico del Ministerio de Salud de la Nación. Allí se abrió el Expediente 7761-03.3.
Un bimestre después, desde el organismo nacional se pide antecedentes del caso a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires. El día 28.8.2003 Se envía el Expediente 7761-03.3 a La Plata mediante el remito Nº 1005029. Llegó a Gobernación de Felipe Solá y nunca más se supo del Expediente cloroformo en suelo.
Silencio de gobernador. Desaparición del Expediente 7761-03.3
Desoídos los reclamos efectuados desde el Programa Nacional de Riesgo Químico.
Llegado el día 17 de junio de 2004 TERRATOX mantuvo una audiencia con el entonces Secretario de Política Ambiental, Lic. Jorge Etcharrán. Fue testigo presencial la Diputada Nacional Sra. Marta Maffei. Allí, TERRATOX, entre otros puntos reclamó:
"3.1 Que se agilicen los trámites para dar una pormenorizada y completa respuesta a los responsables del Programa Nacional de Riesgo Químico del Ministerio de Salud de la Nación, en el término de 30 días hábiles contados a partir del día de la fecha, con relación al Expediente 7761 – 03.3 referido al HALLAZGO DE CLOROFORMO EN SUELO EN LA LOCALIDAD BONAERENSE DE PABLO PODESTÁ y que ha sido enviado desde dicho Ministerio a la Gobernación de la Provincia de Bs. As. mediante Remito Nº 1005029, el 28.08.03."
Pero ese no iba a ser el único dolor de cabeza del Secretario Etcharrán. Sobrevendrían otros. Como cuando intentó responder a una requisitoria del Juzgado Federal que investigaba a SC Johnson y al momento de recopilar antecedentes, en las oficinas de la Secretaría de Política Ambiental desaparecieron varios documentos relativos a cuestiones de control medioambiental realizados sobre la empresa.
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Pablo Podestá, Buenos Aires, Argentina
TERRATOX le enseña historia a la Agencia de Planificación (A.PLA) ante excavaciones en sitio contaminado
EMAIL DE TERRATOX DEL 8.9.2014 CON NOTA DIRIGIDA A A.PLA
AGENCIA DE PLANFICACIÓN Ing. Edgardo Atilio BORTOLOZZI
Ref.
Excavaciones en sitio contaminado de Pablo Podestá Municipio de Tres de Febrero
Ponemos en conocimiento de la A.PLA Indicios de sitio contaminado.
Reclamamos aplicación de los principios de PRECAUCIÓN y PREVENCIÓN
Pablo
Podestá, 08.9.2014
A.PLA
AGENCIA DE
PLANFICACIÓN
Ing. Edgardo Atilio BORTOLOZZI
PRESIDENTE
Ref.:
Excavaciones en sitio contaminado de Pablo Podestá Municipio de Tres de Febrero
Ponemos en conocimiento de la A.PLA Indicios
de sitio contaminado.
Reclamamos aplicación de los
principios de PRECAUCIÓN y PREVENCIÓN
1 Cloroformo en suelo.
1.1 Fuente documental y Nuestra
consulta al Ministerio de Salud de la Nación
1.2 Ubicación Geográfica: Dos lugares contaminados
en torno a Planta Podestá de S.C. Johnson
1.2.1 Mapa
de cloroformo en Calle Metzig y cloroformo
en Calle López y Planes y avance de obras de instalación de red cloacal por
calle Sgto. Díaz en Pablo Podestá http://1drv.ms/1tFftGl
2 Otros contaminantes en el suelo de la zona
2.1 El antecedente inicial: el EsIA de
SC Johnson https://sites.google.com/site/archivosterratox/home/scjohnsonContaminaSueloyAgua
2.2 Nómina de contaminantes del suelo y
su riesgo sanitario
2.2.11 SOLVENTE 60/90 http://www.slideshare.net/TERRATOX/solvente-60-90-contaminante-detectado-en-suelo-de-zona-johnson
2.2.12 TOLUENO
http://www.slideshare.net/TERRATOX/tolueno-contaminante-detectado-en-suelo-de-zona-johnson
2.3 El avance de la construcción de red
cloacal
2.3.1
Advertencias de TERRATOX al Municipio de Tres de Febrero
2011 ALERTA A CONCEJALES; 2012 ALERTA AL INTENDENTE; 2012 PIDE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA; 2013 DENUNCIA SUELO CONTAMINADO; 2013 PIDE ACCESO A INFORMACIÓN; 2013 PIDE COMUNICACIÓN DE RIESGOS.
2.4 Año 2013 Nuestra Nota 56 Denuncia
hallazgo de hidrocarburos en suelo en finca contigua a Planta SC Johnson http://elblogdeterratox.blogspot.com.ar/2013/01/nota-05613-hidrocarburos-en-suelo-de.html
2.4.1 Mapa
Lote del vecino y Lote SC Johnson con ubicación de su pozo de residuos de 1999.
2.4.2
Nuestro mapa de hipótesis de migración de hidrocarburos en suelo http://elblogdeterratox.blogspot.com.ar/2013/02/contaminacion-de-suelo-con-hidrocarburos.html
2.5 Año 2014 Obras de construcción de
red cloacal ingresan a la zona Nuestra nota a Secretaría de Salud Pública del
Municipio de Tres de Febrero Exp. Nº
42598 / T 2014: Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos
sanitarios móviles
3 Contaminantes aportados por Accidentes
industriales mayores de S.C. Johnson
3.1 Año 2004 Incendio de Depósitos de
productos terminados:
Mapa del
lugar: http://goo.gl/1x8lWf (la muestra Nro 2 que se indica abajo en 3.1.1
se tomó frente a la zona foco de incendio.)
El informe
Pericial de Gendarmería Nacional https://onedrive.live.com/view.aspx?resid=28F8EABE4166274C!347&cid=28f8eabe4166274c&app=WordPdf&authkey=!AHMMl1RRrWUoEBg
3.1.1
Muestra de residuos sólidos
Muestra
2: muestra de suelo superficial tomada en la vereda de enfrente, a la altura
del Puesto Nro. 7 de la empresa, sobre la calle Perez Galdós..."
(Direción
de Policía Científica, Peritacioón Nº 31.732, realizada en Departamento
Químico, División incendios y Explosivos. Solicitado por: Juzgado Federal en lo
Criminal y correcciónal Nro 2 San Martín. Causa: Nº 1667 Caratulada
"Navarro, Ángel Rodolfo s/Dcia. P/Inf. Ley 24.051". Expte: AZ
4-2000/239.
Componentes
Muestra 2:
Hidrocarburos
alifáticos de 5 a 20 C;
Naftaleno;
Metilnaftaleno.
3.1.2 El
video 25 F 2004 (Otro accidente químico S.C. Johnson & Son) https://www.youtube.com/watch?v=b37VvautuK4
3.2 Año 1999 Incendio de depósito de
materias primas
3.2.1
Imágenes Fotográficas.
3.2.2 Videos
del accidente del 22 de mayo de 1999 http://www.youtube.com/playlist?list=PL5EEF45D37C654A22
3.2.3 Mapa
de residuos extendido por calles vecinas
4 Los vertidos industriales de SC JOHNSON
Mapas del Recorrido histórico por las
calles de la zona:
4.3 Vertidos de Playa de Tanques de
Inflamables
4.3.1
Documental GTZ Se observa a SC Johnson vertiendo (Fenoles) a la vía pública
desde 2 sectores: http://youtu.be/Mchfk1lxq0M
4.3.2 Video
“Desechos industriales pasan por el jardín” (Jardín Municipal Pepino 88) https://www.youtube.com/watch?v=_ewsuuFHBsg
5 La cuestión toxicológica en el organismo
de los vecinos de la zona
5.1 Fenoles totales en orina y BTEX en
orina. Fragmento de la Nota de TERRATOX presentada ante el Ministerio de Salud
de la Nación el 30 junio 2003 y que dio origen al Exp: 7761-03.3 http://1drv.ms/WHaMO4
5.2 Pedido de ayuda de TERRATOX al OPDS
(con copia al Gobernador Scioli) en 2008 . Sin respuesta hasta la fecha http://1drv.ms/WGZjxY
6 La zona es un área de pasivo ambiental
6.2 Venimos
pidiendo medidas ambientales de manera consistente http://terratox.atspace.org/zterr/spa/etcharran14jun04.htm
6.3 ¿Quién
puede excavar en estos terrenos Sin Evaluación de Riesgos?:
Se debe
evaluar información acerca del lugar afectado
Se debe
determinar los contaminantes de interés
Se
identificar y evaluar las rutas ambientales (aires, suelo, agua)
Se
identificar y evaluar las rutas de exposición humana (dérmica, oral,
respiratoria)
Se debe
identificar las implicaciones para la salud humana.
PEDIMOS A LA AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS
DE PRECAUCIÓN Y PREVENCIÓN
Si se trata
de ampliación de derechos entonces se escuchará nuestro reclamo.
Remediar y,
luego, instalar cloacas en zona Johnson.
Los
principios están para regir y orientar las políticas de los responsables para
que tomen medidas con respaldo en la ética. Según “El principio precautorio,
una definición práctica” (Informe del Grupo de Expertos sobre el principio
precautorio de la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la
Tecnología (COMEST); Pág. 14):
“Cuando las actividades humanas pueden acarrear
un daño moralmente inaceptable que es científicamente plausible pero incierto,
se adoptarán medidas para evitar o disminuir ese daño. El daño moralmente
inaceptable consiste en el infligido a seres humanos o al medio ambiente que
sea:
una amenaza
contra la salud o la vida humanas, o grave y efectivamente irreversible, o
injusto para las generaciones presentes o futuras, o impuesto sin tener
debidamente en cuenta los derechos humanos de los afectados.
El juicio de
plausibilidad deberá basarse en un análisis científico. El análisis tendrá que
ser permanente de modo que las medidas resueltas puedan reconsiderarse.
La
incertidumbre podrá aplicarse a la capacidad o a los límites del posible daño,
pero no se circunscribirá necesariamente a esos elementos.
Las medidas
constituyen intervenciones iniciadas antes de que sobrevenga el daño y que
procuran evitarlo o disminuirlo. Deberá optarse por medidas que sean
proporcionales a la gravedad del daño potencial, habida cuenta de sus
consecuencias positivas y negativas, y se procederá a una evaluación de las
repercusiones morales tanto de la acción como de la inacción. La elección de la
acción deberá ser el resultado de un proceso de participación”.
En cuanto al
Principio de Prevención: debe orientar la política ambiental y sanitaria para
tomar medidas si se está frente a riesgos cuyas consecuencias son conocidas y se
dispone realmente de antecedentes fidedignos para cuantificar las
probabilidades.
Se ha dicho que “En tal caso, es posible ocuparse de los
riesgos, por ejemplo, acordando un nivel de riesgo aceptable respecto de una
actividad y estableciendo medidas suficientes para mantener el riesgo por
debajo de ese nivel” (Ver: Elementos comunes, en el Informe del Grupo de
Expertos sobre el principio precautorio de la Comisión Mundial de Ética del
Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST);Pág. 13).
Sin otro particular,
Saludo a Ud. Muy atte.
ÁNGEL
RODOLFO NAVARRO
PRESIDENTE
A los 8 días
del mes de septiembre del Año de NSJC 2014
¿Qué es la AGENCIA DE PLANIFICACION?
La A.PLA se creó en el año 2007 por Ley 26221. Ésta aprueba el Convenio Tripartito suscripto el 12 de octubre de 2006 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Disuelve el ETOSS (Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios), creando la Agencia de Planificación y el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS).
La APLA tiene competencia en el área comprendida por los territorios de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y en los partidos de la Pcia de Bs. As: Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, General San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López, Hurlingham e Ituzaingó en los servicios de agua potable y desagües cloacales.
Misión
•La interacción entre los Municipios y la Concesionaria para coordinar la planificación de obras.
•La coordinación integral de la planificación, seguimiento e información
•Coordinar la planificación de obras y realizar el seguimiento de su ejecución desde el punto de vista técnico y económico
•Planificar coordinando recursos y efectuando el seguimiento de los planes que se establezcan desde la perspectiva de universalizar el servicio en el ámbito de la concesión
Objetivos
La A.PLA tiene como objetivo coordinar la planificación de obras necesarias para lograr un servicio de agua y cloaca de carácter universal mediante la interacción con los Municipios y la Concesionaria, debiendo mediante un seguimiento individual realizar el control de las obras a los efectos de tener a la comunidad informada sobre el desarrollo de las mismas.
Etiquetas:
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Ubicación: Pablo Podestá, Buenos Aires, Argentina
Pablo Podestá, Buenos Aires, Argentina
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