domingo, 29 de julio de 2018

Propusimos prácticas preventivas de Salud Ambiental para el Jardín de Infantes Municipal "Pepino 88".

Al presentar un pedido de Pronto Despacho reclamando respuesta por la situación ambiental del Jardín de Infantes Municipal Pepino 88, TERRATOX propuso a la Secretaría de Educación y Cultura la implementación de una serie de consejos preventivos  para reducir la exposición al polvo ambiental en dicho establecimiento.

También hemos sugerido a la autoridad educativa municipal que las medidas preventivas se apliquen en otras instituciones del mismo nivel que se encuentran ubicadas en zonas con similares condiciones ambientales en el distrito, a los fines de intentar reducir así los riesgos de afectación a la salud de alumnos menores de 5 años de edad.

El documento es el que se transcribe a continuación:

EXPEDIENTE Nº 4117.40281.2018.1


Caseros, 13/07/2018

Municipalidad de Tres de Febrero
Secretaría de Educación y Cultura
Mercedes Sanguineti

Ref: PRONTO DESPACHO por: situación del entorno medioambiental
del Jardín Municipal  Pepino 88 en Pablo Podestá

AGREGAR A EXP. Nº  4117.40281.2018.0

De nuestra consideración:
 

1. En vista de:
1.1 Que la Secretaría, hasta la fecha, no respondió a lo solicitado Expdiente de Ref .
1.2 Que el edificio del establecimiento identificado con Clave Unica de Identificación: 3-117-JI-1785 PEPINO 88 (CUE: 060431500) se ubica en zona de riesgo ambiental por contaminación de suelo.
1.3 Que la amenaza ambiental en la zona con suelo contaminado está representada por  factores como: vapores, gases, olores y material particulado o polvo ambiental. 
1.4 Que esos factores ambientales ponen en riesgo la salud porque si bien actúan en el exterior también invaden el interior de casas del vecindario y aulas del establecimiento.
1.5 Que la población expuesta a esos factores puede sufrir consecuencias negativas en su salud a corto o largo plazo a causa del ingreso de tóxicos al organismo a través del sistema pulmonar, el tracto gastrointestinal y el contacto cutáneo.

2. Considerando:
2.1 Que se debe y se puede tomar medidas urgentes de resguardo o prevención de exposición. Si bien estas medidas se limitan a reducir la exposición a uno de los factores insalubres: material particulado o polvo ambiental. La exposición a los otros factores insalubres es inevitable mientras el suelo de la zona permanezca sin sanear.
2.2 Que el material particulado o polvo ambiental transporta compuestos químicos peligrosos e ingresa al cuerpo por las tres vías de exposición ambiental:  vía inhalatoria, vía oral y vía dérmica.
2.3 Que la vulnerabilidad de los individuos expuestos debe merecer urgente atención. La misma aumenta por algunas razones. Entre éstas: el estado de salud y la edad de los expuestos: 3, 4 y 5 años. 

3. Solicitamos:
Que la Secretaría actúe con premura y en tanto emita respuesta:
A) REALICE UNA ADECUADA COMUNICACIÓN DE RIESGOS para la comunidad educativa de Pepino 88.
B) DISPONGA LA PUESTA EN PRÁCTICA DE CONSEJOS DE PREVENCIÓN tendientes a reducir la exposición a material particulado o polvo ambiental en el establecimiento educativo. (Adjuntamos, a modo de sugerencia, material gráfico que hemos elaborado a tal fin y que puede ser de utilidad).  


EL MATERIAL GRAFICO CON CONSEJOS DE PREVENCIÓN ES EL SIGUIENTE:

Que tu escuela te reciba con agua potable y segura

jueves, 12 de julio de 2018