domingo, 28 de septiembre de 2014

Le responden a AySA (con reclamo de informe de estudios de suelo)

El 10 de septiembre de 2014, el Sr. Ángel Navarro llegó a la oficina central de AySA. Su objetivo fue  presentar una respuesta a la Nota nº 226867/14 que, el Director de Desarrollo de la Comunidad de AySA, Arq. Rodolfo Rojas, le enviara a raíz de un reclamo de TERRATOX al Secretario de Salud Pública de Tres de Febrero.

Compartimos con Uds. la respuesta de Navarro a AySA. Aquí la transcripción:


Pablo Podestá.

AySA (Aguas y Saneamientos Argentinos SA)
Dirección Desarrollo de la Comunidad
Director: Arq. Rodolfo Rojas

Ref.: Respuesta a la nota AySA Nº 226867/14

Estimado Director:

A) Atento a lo expresado por Ud al comienzo de la Nota de ref.  donde dice:
 
 

Corresponde indicar que:
1. La afirmación no se funda simplemente en “la proximidad de las Obras con el predio de la planta industrial de S.C. JOHNSON & SON” sino en que las Obras ingresaron en zona de pasivo ambiental de esa empresa y eso se traduciría en un incremento del riesgo ambiental y sanitario. Es decir: Se funda en una situación de riesgo ambiental preexistente y a la cual se la puede agravar sumándole otra situación de riesgo derivada de las Obras.

2. El otro fundamento es que venimos pidiendo remediación de la zona y es un pedido inconcluso que se efectuó tanto al gobierno local y al provincial, desde 2011 y 2008 respectivamente. No se dio respuesta gubernamental a ese reclamo porque se teme presionar políticamente y llegar a molestar a la multinacional responsable del daño (pero que retribuye dando apoyo ideológico y efectivo al sistema democrático sin discriminar entre oficialismo y oposición). Por lo cual, a la fecha, la empresa norteamericana sigue usando el predio. El sitio no ha sido abandonado [extremo que exige la Ley 14343 que, sólo en la letra, regula la identificación de los pasivos ambientales, y “obliga” a recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en el ambiente (contaminación del agua-suelo-aire)]. Entonces, la Auditoría de Cierre no se inició por lo cual el estado ambiental del sitio se desconoce (y para conocerlo no basta un simple muestreo de suelo). No hay recomposición. No hay remediación. No hay saneamiento. Por el contrario, sobre ese contexto lo que se hace es irrumpir en zona de pasivo ambiental y no para efectuar lo que se reclama sino para llevar a cabo obras que podrían haber sido suspendidas con pleno derecho (y en épocas de un supuesto auge de la ampliación de derechos) por aplicación de los Principios de Precaución o de Prevención. En otros términos, una suspensión de la extensión de la red cloacal durante el tiempo que exija cambiar el status quo ya reseñado. Por estas razones, el planteo de TERRATOX (que comparto plenamente) no tiene peso específico ante el impulso de la ansiedad política y quizá la necesidad de blanquear directa o indirectamente al factor causante del daño ambiental y la preocupación por evitar que la turbulencia de nuestro caso se replique en otras localidades con similares conflictos ambientales. Si tuve que aclararle todo esto es porque Ud. y toda su cadena de mando arriba y abajo, aparentemente, lo desconocían. Pero, tal vez sirva para cambiar su enfoque simplista sobre el planteo de TERRATOX.  


B) Atento a lo expresado por Ud en Nota de ref. en la consideración 2), donde dice:



Corresponde indicar que:

1.       La nota que fuera dirigida a la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Tres de Febrero se basa en el Estudio Ambiental Cuenca Hurlingham.

1.1   De ese Estudio se extrajeron párrafos relativos a los impactos negativos (específicamente los referidos a la salud pública). Pero también se pudo extraer eso mismo de párrafos similares o idénticos de estudios ambientales destinados a otras obras y para otros puntos geográficos del área de servicio AySA. Por la sencilla razón de que los impactos negativos vinculados a salud pública son un componente constante en esos estudios ambientales. Basta con citar P. ej.: el EsIA del proyecto de batería de Pozos Buen Ayre en Tres de Febrero. La obra consiste en construcción de pozos, a metros del Arroyo Morón,  para captación de agua. No se trata de la construcción de una Planta Depuradora, como en Hurlingham. Y, sin embargo, también en dicho EsIA se hace referencia a los impactos negativos relacionados con la emisión de material particulado, olores, etc.

1.2  En conclusión: El tema no consiste en usar “sacadas de contexto” transcripciones de estudios de ésta o aquella obra sino de los impactos negativos que son un factor común a todas las obras. Entonces, la descontextualización es una acusación infundada. Después de todo, las operaciones de AySA no se realizan sobre nubes sino sobre suelo. Ergo, si se realizan sobre suelo, las actividades necesarias para llevar a cabo las obras proyectadas (sean plantas depuradoras, pozos o cloacas) van a producir -inevitablemente y por la misma naturaleza de las cosas- polvo o material particulado. A partir de allí, para quienes estamos interesados en la Salud Pública y, específicamente, la Salud Ambiental, la secuencia que nos importa es la siguiente: La exposición de la población al material pulverulento removido y disperso en el ambiente que, como bien señala AySA puede dar lugar a la aparición de afecciones en vías respiratorias y en la piel. Más aún si el suelo removido es de Zona Johnson. Con más razón, son pertinentes los pedidos de medidas sanitarias preventivas.
1.3   Rebatida absolutamente la cuestión de las transcripciones sacadas de contexto, en primer término, debo manifestar que no ha llegado a mi conocimiento ni al de la agrupación TERRATOX el contenido del Estudio de impacto ambiental de OC70010 Pablo podestá M2.  De haber contado con ese EsIA seguramente la nota dirigida al Secretario de Salud quizá no habría merecido crítica como la rechazada arriba.  En segundo término debo preguntar ¿por qué la Dirección de Desarrollo de la Comunidad de Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. no adjuntó a esta respuesta el correspondiente estudio de impacto ambiental de las obras de tendido de red cloacal “Pablo Podestá  Módulo 2”? Habría sido más práctico, habría facilitado el libre acceso a la información pública ambiental y habría evitado nuevos gastos de envío  (dicho sea de paso:  Nota AySA Nº226867/14 de la cual me notifiqué esta mañana, llegó en un sobre blanco con el logo de AySA pero cerrado con 3 graps). 
 
 
C) Atento a lo expresado por Ud en Nota de ref. en la consideración 3), donde dice:
 
Corresponde indicar, por orden de importancia, que:

1.    La copia del estudio citado (análisis de suelo) no llegó a mí. La Nota AySA Nº226867/14 era el único  contenido del sobre, sin otro documento adjunto. Solicito el envío del mismo. Esperamos que todo se trate de un error, sin intención dilatoria alguna, mientras avanzan las obras. Una vez que recibamos ese material, lo someteremos a examen. Luego se evaluará y, si corresponde, se pondrá en crisis en lo que respecta a: “puntos representativos”; número de muestras;  residuos o constituyentes peligrosos que se buscaron; etc.

2.  El Decreto 831/93 (Reglamentación de la Ley N° 24.051) presenta, en su Tabla 9 Niveles Guía de Calidad de Suelos, un total de apenas 54 constituyentes peligrosos. Pero no incluye al Cloroformo. Esto hace crecer las sospechas de que se vino a analizar el suelo de Zona Johnson con la listita de la Tabla 9 y  sin conocer su historia o corpus de antecedentes ambientales que indican que ya se halló Triclorometano o Tricloruro de Formilo (si desea conocer más detalles de ello le cuento que TERRATOX envió el 08.9.2014, vía email a la A.PLA, los indicios de sitio contaminado        -excluyendo los contaminantes de aire y agua-  entre los que se cuenta el hallazgo de cloroformo, por lo tanto, puede pedir una copia de ese mensaje). Cinco años más tarde se detectó en suelo otro residuo peligroso: metilnaftaleno. También ausente en la Tablita 9. En concreto, queda demostrado así que el Dec. 831/93 presenta un menú de opciones bastante pobre como para abordar zona Johnson. También, ignorar los antecedentes ambientales de la planta SC Johnson y su zona de impacto puede hacer caer, automáticamente, los “puntos representativos”. 
 
3.  Imaginemos, por un momento, que es así como dice su nota: en el suelo de zona Johnson los datos de análisis no superan los límites admisibles de la Ley 24051 y decreto reglamentario. Y que además, los análisis de suelo arrojan resultados idénticos o similares en todas las localidades donde opera AySA. Es decir: el suelo no está contaminado y removerlo no va a provocar daños mayores ni a los perros, y cloacas para todos.

3.1.  Eso llevaría a concluir que en el territorio abarcado por las obras de  AySA no se detectan, por el momento, indicios de sitios contaminados. ¿Será esa la razón por la cual la LEY N° 14343 que regula la identificación de los Pasivos Ambientales (sitios contaminados) termina siendo la única ley medioambiental que no está incluida en el Marco Legal de los Estudios de Impacto Ambiental de AySA a los que hemos podido acceder?
3.2.  Si nos atenemos a los resultados de los estudios de suelo efectuados en la zona en diciembre de 2013 tendremos la garantía de que no se van a producir en el suelo afectado a la traza los siguientes hallazgos (previstos en algunos EsIA de AySA a los que hemos podido acceder):  hallazgo de Residuos especiales o peligrosos generados por terceros  o hallazgo de suelos contaminados. ¡Qué alegría para el contratista o ejecutor de la obra! porque no va a estar obligado a desembolsar gruesas sumas de dinero para cumplir con lo exigido por el Plan de Gestión Ambiental de AySA. Esto es: Disposición final de la tierra contaminada y reposición de tierra apta en reemplazo de aquella que no estaba en condiciones de ser reutilizada. Todo por cuenta y cargo del contratista. La planta Johnson ocupa un terreno de casi 9 manzanas y cumplir con la traza prácticamente significaría, bajo las condiciones ambientales reales de la zona, la quiebra del contratista. En este caso: el Municipio de Tres de Febrero cuya Secretario de Obras y Servicios Públicos, Sr. Humberto  Olmedo (también Representante del área de Cuenca Media, Municipios de Malvinas Argentinas, San Miguel, Gral. San Martín, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingo, Jose C. Paz y Hurlingham ante el COMIREC) “cajonea”, desde enero de 2012 y enero de 2013: el Expte 18756-T-12 y Nota 056 -dirigida a Secretaría de Salud Pública- respectivamente, cortando la cadena administrativa. Pero ese sería como un hábitus incorregible del Sr. Olmedo, siempre listo para aportar “palos en la rueda” y boicotear el proyecto de Salud y Ambiente que se intenta construir desde la propia Secretaría de Salud Pública del Municipio. Proyecto al cual fue invitada la agrupación TERRATOX a los fines de brindar asesoramiento.

3.3. Un mero muestreo y análisis químico  en el cual los resultados no superen los niveles de referencia no elimina la posibilidad de efectuar mayores estudios. Más aun cuando, entre otras cuestiones:


3.3.1.        Existen añejos antecedentes ambientales acumulados.

3.3.2.        Existen antecedentes toxicológicos entre los antiguos pobladores de la zona.

3.3.3.        No existe un nivel seguro de exposición a un carcinógeno y, por consiguiente, todo contacto debe reducirse al mínimo posible. Esto lo adelanto por si acaso en  “los datos obtenidos” en los estudios (cuya copia Ud. Dice haber enviado cuando en realidad no se halló adjunta a su Nota y que, reitero, Ud. me la enviará urgentemente),  puede aparecer algún componente catalogado como cancerígeno y el hecho de que no supere los niveles de referencia no quita la situación riesgo para personas vulnerables (niños, enfermos, discapacitados, ancianos, embarazadas).

3.3.4.        Los estudios que contradicen lo señalado en su nota son parte del Corpus de antecedentes de zona Johnson. Fueron incluidos en su mayor parte en el Expte 18756-T-12 en Nota 056 y sus anexos. El Sr. Olmedo,  Secretario de Obras y Servicios Públicos de Tres de Febrero, siempre disfruta compartiendo información, él puede darle una copia.



Sin otro particular, lo saludo con el respeto que se merece.

A los 10 días del mes de setiembre del Año de NSJC 2014

ÁNGEL RODOLFO NAVARRO DNI 12747062
SGTO DÍAZ 8327, (CP1657)PABLO PODESTÁ- PBA- ARG.





 
 


viernes, 26 de septiembre de 2014

La incompleta carta de AySA al presidente de TERRATOX y al Sec de Salud del municipio de Tres de Febrero.






¿Qué motivó la  carta de AySA?

Lo que motivó la carta de AySA (Agua y Saneamientos Argentinos S.A.) fue una nota de TERRATOX presentada en el Municipio de Tres de Febrero.
En esa nota se hablaba de la irrupción de AySA en zona Johnson con excavaciones en suelo contaminado para extender la red de desagüe cloacal. La nota TERRATOX, ante el avance de las obras de AySA, reclama al Secretario de Salud Pública  Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos sanitarios móviles.


¿Por qué decimos "La incompleta carta de AySA"?

Decimos "La incompleta carta de AySA" porque, como verán abajo, el Arq. Rodolfo Rojas (Director de Desarrollo de la Comunidad) afirma que AySA realizó en diciembre de 2013 un análisis de suelo en el área donde están ahora excavando.
La nota lleva la firma del Arq. Rojas dice:
"adjuntamos a la presente copia del estudio citado,..."
Pero, en los hechos, el sobre de AySA llegó cerrado con grapas con la nota de Rojas en su interior, pero sin contener copia alguna del estudio de suelo. Por eso le decimos "incompleta" a la Carta de AySA.   

La carta de AySA fue enviada al Sr. Ángel Rodolfo Navarro con copia de cortesía al Dr. Collia, Secretario de Salud Pública de Tres de Febrero.
Navarro al constatar que el estudio de suelo no llegó con la correspondencia presentó también una comunicación al Dr. Collia, para saber si había recibido la carta de AySA junto con dicho estudio. Hasta el momento, el Dr. Collia no respondió ante esta inquietud.


¿Por qué AySA le envía la carta a Ángel Rodolfo Navarro y no a  la agrupación TERRATOX?

AySA le envía la carta a Navarro porque éste, además de ser el presidente de TERRATOX, es el editor responsable del blog TERRATOXNEWS, publicación dedicada a difundir noticias ambientales. A través del correo electrónico de TERRATOXNEWS, Navarro le comunicó al ERAS (Ente Regulador de Agua y Saneamiento) que "AySA invadió sitio contaminado". Recibida la noticia enviada por Navarro, el ERAS se comunicó con AySA para retransmitirle la novedad.
Esto explica por qué AySA envía su carta a Navarro. Además es, este mismo vecino de Pablo Podestá, quien firma la nota de TERRATOX en su carácter de presidente.

Para más datos, el Sr. Navarro ya le respondió a AySA (publicaremos la respuesta a AySA en pocas horas más, Dios mediante).

jueves, 18 de septiembre de 2014

Cloroformo en suelo de Zona Johnson: el expediente perdido

Mientras AySA entra al área con cloroformo en suelo, bien vale hacer memoria.



EL EXPEDIENTE PERDIDO

Dos áreas o sectores en el entorno de la planta química SC Johnson fueron escenario del hallazgo de Cloroformo en suelo. Esos hallazgos se produjeron en épocas en que la justicia federal investigaba a la multinacional y enviaba a agentes del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina para hacer peritajes en esta localidad del Gran Buenos Aires. Hasta que la causa federal pasó al fuero provincial para ser archivada. Y la presencia de Cloroformo en suelo quedo sin remediar, entre otras cosas.

Aquí un documento de TERRATOX del 30 de junio de 2003 que fuera presentado al Programa Nacional de Riesgo Químico del Ministerio de Salud de la Nación. Allí se abrió el Expediente 7761-03.3.

Un bimestre después, desde el organismo nacional se pide antecedentes del caso a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires. El día 28.8.2003 Se envía el Expediente 7761-03.3 a La Plata mediante el remito Nº 1005029. Llegó a Gobernación de Felipe Solá y nunca más se supo del Expediente cloroformo en suelo.


Silencio de gobernador. Desaparición del Expediente  7761-03.3

Desoídos los reclamos efectuados desde el Programa Nacional de Riesgo Químico.
Llegado el día 17 de junio de 2004 TERRATOX mantuvo una audiencia con el entonces Secretario de Política Ambiental, Lic. Jorge Etcharrán. Fue testigo presencial la Diputada Nacional Sra. Marta Maffei. Allí, TERRATOX, entre otros puntos reclamó:
"3.1 Que se agilicen los trámites para dar una pormenorizada y completa respuesta a los responsables del Programa Nacional de Riesgo Químico del Ministerio de Salud de la Nación, en el término de 30 días hábiles contados a partir del día de la fecha, con relación al Expediente 7761 – 03.3 referido al HALLAZGO DE CLOROFORMO EN SUELO EN LA LOCALIDAD BONAERENSE DE PABLO PODESTÁ y que ha sido enviado desde dicho Ministerio a la Gobernación de la Provincia de Bs. As. mediante Remito Nº 1005029, el 28.08.03."



Pero ese no iba a ser el único dolor de cabeza del Secretario Etcharrán. Sobrevendrían otros. Como cuando intentó responder a una requisitoria del Juzgado Federal que investigaba a SC Johnson y al momento de recopilar antecedentes, en las oficinas de la Secretaría de Política Ambiental desaparecieron varios documentos relativos a cuestiones de control medioambiental realizados sobre la empresa.



 
 
 

TERRATOX le enseña historia a la Agencia de Planificación (A.PLA) ante excavaciones en sitio contaminado

 
 
EMAIL DE TERRATOX DEL 8.9.2014 CON NOTA DIRIGIDA A A.PLA
AGENCIA DE PLANFICACIÓN Ing. Edgardo Atilio BORTOLOZZI

Ref.
Excavaciones en sitio contaminado de Pablo Podestá Municipio de Tres de Febrero
Ponemos en conocimiento de la A.PLA Indicios de sitio contaminado.
Reclamamos aplicación de los principios de PRECAUCIÓN y PREVENCIÓN

 

Pablo Podestá, 08.9.2014
 A.PLA
AGENCIA DE PLANFICACIÓN
Ing. Edgardo Atilio BORTOLOZZI
PRESIDENTE
Ref.:
Excavaciones en sitio contaminado de  Pablo Podestá Municipio de Tres de Febrero
Ponemos en conocimiento de la A.PLA Indicios de sitio contaminado.
Reclamamos aplicación de los principios de PRECAUCIÓN y PREVENCIÓN
 
1 Cloroformo en suelo.
1.1 Fuente documental y Nuestra consulta al Ministerio de Salud de la Nación
1.2 Ubicación Geográfica: Dos lugares contaminados en torno a Planta Podestá de S.C. Johnson
1.2.1 Mapa de cloroformo en Calle Metzig y  cloroformo en Calle López y Planes y avance de obras de instalación de red cloacal por calle Sgto. Díaz en Pablo Podestá http://1drv.ms/1tFftGl 
 
2 Otros contaminantes en el suelo de la zona
2.2 Nómina de contaminantes del suelo y su riesgo sanitario
2.3 El avance de la construcción de red cloacal
2.3.1 Advertencias de TERRATOX al Municipio de Tres de Febrero
2.4 Año 2013 Nuestra Nota 56 Denuncia hallazgo de hidrocarburos en suelo en finca contigua a Planta SC Johnson http://elblogdeterratox.blogspot.com.ar/2013/01/nota-05613-hidrocarburos-en-suelo-de.html
2.4.1 Mapa Lote del vecino y Lote SC Johnson con ubicación de su pozo de residuos de 1999.
2.4.2 Nuestro mapa de hipótesis de migración de hidrocarburos en suelo http://elblogdeterratox.blogspot.com.ar/2013/02/contaminacion-de-suelo-con-hidrocarburos.html
2.5 Año 2014 Obras de construcción de red cloacal ingresan a la zona Nuestra nota a Secretaría de Salud Pública del Municipio de Tres de Febrero Exp. Nº 42598 / T 2014: Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos sanitarios móviles
 
 
3 Contaminantes aportados por Accidentes industriales mayores de S.C. Johnson
3.1 Año 2004 Incendio de Depósitos de productos terminados:
Mapa del lugar: http://goo.gl/1x8lWf  (la muestra Nro 2 que se indica abajo en 3.1.1 se tomó frente a la zona foco de incendio.)
3.1.1 Muestra de residuos sólidos
Muestra 2: muestra de suelo superficial tomada en la vereda de enfrente, a la altura del Puesto Nro. 7 de la empresa, sobre la calle Perez Galdós..."
(Direción de Policía Científica, Peritacioón Nº 31.732, realizada en Departamento Químico, División incendios y Explosivos. Solicitado por: Juzgado Federal en lo Criminal y correcciónal Nro 2 San Martín. Causa: Nº 1667 Caratulada "Navarro, Ángel Rodolfo s/Dcia. P/Inf. Ley 24.051". Expte: AZ 4-2000/239.
Componentes Muestra 2:
Hidrocarburos alifáticos de 5 a 20 C;
Naftaleno;
Metilnaftaleno.
3.1.2 El video 25 F 2004 (Otro accidente químico S.C. Johnson & Son) https://www.youtube.com/watch?v=b37VvautuK4
3.2 Año 1999 Incendio de depósito de materias primas
3.2.1 Imágenes Fotográficas.
3.2.1.1 Mapa Lugar del Incendio 22 de mayo de 1999 http://goo.gl/so0T4h
3.2.2 Videos del accidente del 22 de mayo de 1999 http://www.youtube.com/playlist?list=PL5EEF45D37C654A22
3.2.3 Mapa de residuos extendido por calles vecinas
 
 
4 Los vertidos industriales de SC JOHNSON Mapas del  Recorrido histórico por las calles de la zona:
4.1 Vertidos que emergen del sector Av Márquez http://goo.gl/quJKne
4.2 Vertidos de Planta de Tratamiento de Efluentes Líquidos http://goo.gl/98P0oH
4.3 Vertidos de Playa de Tanques de Inflamables
Por portón lado derecho http://goo.gl/1Q9yE3 
Por portón lado http://goo.gl/e53LAr
4.3.1 Documental GTZ Se observa a SC Johnson vertiendo (Fenoles) a la vía pública desde 2 sectores: http://youtu.be/Mchfk1lxq0M
4.3.2 Video “Desechos industriales pasan por el jardín” (Jardín Municipal Pepino 88)  https://www.youtube.com/watch?v=_ewsuuFHBsg
 
 
 
5 La cuestión toxicológica en el organismo de los vecinos de la zona
5.1 Fenoles totales en orina y BTEX en orina. Fragmento de la Nota de TERRATOX presentada ante el Ministerio de Salud de la Nación el 30 junio 2003 y que dio origen al Exp: 7761-03.3 http://1drv.ms/WHaMO4  
5.2 Pedido de ayuda de TERRATOX al OPDS (con copia al Gobernador Scioli) en 2008 . Sin respuesta hasta la fecha http://1drv.ms/WGZjxY
 
6 La zona es un área de pasivo ambiental
6.1 Riesgo sanitario por excavaciones http://1drv.ms/1tFfeer
6.2 Venimos pidiendo medidas ambientales de manera consistente http://terratox.atspace.org/zterr/spa/etcharran14jun04.htm
6.3 ¿Quién puede excavar en estos terrenos Sin Evaluación de Riesgos?:
Se debe evaluar información acerca del lugar afectado
Se debe determinar los contaminantes de interés
Se identificar y evaluar las rutas ambientales (aires, suelo, agua)
Se identificar y evaluar las rutas de exposición humana (dérmica, oral, respiratoria)
Se debe identificar las implicaciones para la salud humana.
 
PEDIMOS A LA AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS
DE PRECAUCIÓN Y PREVENCIÓN
Si se trata de ampliación de derechos entonces se escuchará nuestro reclamo.
Remediar y, luego, instalar cloacas en zona Johnson.
 
Los principios están para regir y orientar las políticas de los responsables para que tomen medidas con respaldo en la ética. Según “El principio precautorio, una definición práctica” (Informe del Grupo de Expertos sobre el principio precautorio de la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST); Pág. 14):
 
“Cuando las actividades humanas pueden acarrear un daño moralmente inaceptable que es científicamente plausible pero incierto, se adoptarán medidas para evitar o disminuir ese daño. El daño moralmente inaceptable consiste en el infligido a seres humanos o al medio ambiente que sea:
una amenaza contra la salud o la vida humanas, o grave y efectivamente irreversible, o injusto para las generaciones presentes o futuras, o impuesto sin tener debidamente en cuenta los derechos humanos de los afectados.
El juicio de plausibilidad deberá basarse en un análisis científico. El análisis tendrá que ser permanente de modo que las medidas resueltas puedan reconsiderarse.
La incertidumbre podrá aplicarse a la capacidad o a los límites del posible daño, pero no se circunscribirá necesariamente a esos elementos.
Las medidas constituyen intervenciones iniciadas antes de que sobrevenga el daño y que procuran evitarlo o disminuirlo. Deberá optarse por medidas que sean proporcionales a la gravedad del daño potencial, habida cuenta de sus consecuencias positivas y negativas, y se procederá a una evaluación de las repercusiones morales tanto de la acción como de la inacción. La elección de la acción deberá ser el resultado de un proceso de participación”.
 
En cuanto al Principio de Prevención: debe orientar la política ambiental y sanitaria para tomar medidas si se está frente a riesgos cuyas consecuencias son conocidas y se dispone realmente de antecedentes fidedignos para cuantificar las probabilidades.
 
Se ha dicho que “En tal caso, es posible ocuparse de los riesgos, por ejemplo, acordando un nivel de riesgo aceptable respecto de una actividad y estableciendo medidas suficientes para mantener el riesgo por debajo de ese nivel” (Ver: Elementos comunes, en el Informe del Grupo de Expertos sobre el principio precautorio de la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST);Pág. 13).
 
Sin otro particular, Saludo a Ud. Muy atte.
ÁNGEL RODOLFO NAVARRO
PRESIDENTE
A los 8 días del mes de septiembre del Año de NSJC 2014
 
 
 
¿Qué es la AGENCIA DE PLANIFICACION?

La A.PLA se creó en el año 2007 por Ley 26221. Ésta aprueba el Convenio Tripartito suscripto el 12 de octubre de 2006 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Disuelve el ETOSS (Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios), creando la Agencia de Planificación y el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS).

La APLA tiene competencia en el área comprendida por los territorios de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y en los partidos de la Pcia de Bs. As: Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, General San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López, Hurlingham e Ituzaingó en los servicios de agua potable y desagües cloacales.

 
Misión

•La interacción entre los Municipios y la Concesionaria para coordinar la planificación de obras.

•La coordinación integral de la planificación, seguimiento e información

•Coordinar la planificación de obras y realizar el seguimiento de su ejecución desde el punto de vista técnico y económico

•Planificar coordinando recursos y efectuando el seguimiento de los planes que se establezcan desde la perspectiva de universalizar el servicio en el ámbito de la concesión

Objetivos

La A.PLA tiene como objetivo coordinar la planificación de obras necesarias para lograr un servicio de agua y cloaca de carácter universal mediante la interacción con los Municipios y la Concesionaria, debiendo mediante un seguimiento individual realizar el control de las obras a los efectos de tener a la comunidad informada sobre el desarrollo de las mismas.

 
 

viernes, 12 de septiembre de 2014

TERRATOX lanza volantes preventivos ante el silencio de Secretaría de Salud Pública de Tres de Febrero.



VOLANTE PREVENTIVO


 photo AySAvolanteprevencioacutenTERRATOXporzanjeos.png
 
 
 
¿Por qué TERRATOX comenzó a distribuir estos volantes preventivos?

TERRATOX comenzó a distribuir estos volantes preventivos porque:
AySA avanza en sitio contaminado (Zona Johnson) y eso puede significar un riesgo sanitario para la población de la zona o para determinadas personas vulnerables (niños, embarazadas, ancianos, enfermos, discapacitados). Lo venimos alertando desde 2011. Donde decíamos. Cloacas: Sí. Pero en suelo descontaminado.

Problemáticas en vías respiratorias y en la piel pueden surgir a partir de actividades de remoción de suelos. Es un impacto negativo previsible donde quiera que ese tipo de obras se lleven a la práctica.

AySA señala, en sus informes técnicos, las siguientes ACTIVIDADES CONTAMINANTES:  excavaciones; movimientos de maquinarias pesadas; acumulación de grandes volúmenes de insumos, tierra, residuos y/o escombros, trabajos de demolición, etc.

Obviamente, cuando todo eso se realiza en Zona Johnson los riesgos se incrementan a causa de los antecedentes de contaminación de suelo (además de agua y aire).

En esta situación de abandono de personas, Salud Pública municipal sigue cómoda  en su silencio. Sin responder la Nota en la cual reclamamos Acciones sanitarias preventivas:
"Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos sanitarios móviles" Exp. Nº 42598 / T 2014 .


En Zona Johnson, AySA (Aguas y Saneamientos Argentinos SA) sigue adelante con sus Obras. En tanto, Secretaría de Salud pública calla.

Y si no calla, las zanjas y el material particulado (partículas de tierra y polvo) de todo tamaño van extendiéndose por el ambiente más rápido que las decisiones que aun no se tomaron y que debieron ser tomadas a lo sumo una hora después de que el Secretario de Salud Pública se notificó de nuestra nota. A esta hora, hasta la carpeta que contiene al expediente 42598/T 2014 sigue a la espera de que AySA termine sus Obras de red cloacal.

 En este contexto, TERRATOX lanza volantes preventivos ante el silencio de Secretaría de Salud Pública de Tres de Febrero. La distribución de estos volantes ya se inició (A quien desee colaborar, le rogamos se comunique con TERRATOX llenando el siguiente FORMULARIO DE CONTACTO).

 La idea es que los sectores vecinales expuestos conozcan las precauciones mínimas  ante los impactos negativos agregados que pueden ocasionar las excavaciones sobre suelos bajo sospecha de contaminación.