martes, 11 de diciembre de 2018

Peugeot Citröen Argentina en Mapa de Alertas y el Pozo de AySA






EXP. 4117.48156.2018.0
Solicitamos información s/ situación del Agua Subterránea / Pozo de producción AySA
Por ingreso de PSA Peugeot Citröen Argentina SA en Mapa de Alertas de OPDS

Caseros, 03/12/2018

Municipalidad de Tres de Febrero
Secretaría de Desarrollo Económico
Unidad de Control Ambiental de Empresas
Lic. Ezequiel Pugliese


Ref.: Solicita información s/ Situación del Agua Subterránea/ Pozo producción AySA
Por ingreso de PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. en MAPA DE ALERTA de OPDS


De nuestra mayor consideración:

A). La empresa PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. cumplió con el deber de informar cualquier modificación significativa de sus actividades a través del  Mapa de Alertas, Resolución 3722/16 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible OPDS. En el caso concreto informó que se trata de: Paro Programado / Mantenimiento Programado.  E  indicó: Afectación del Recurso AGUA.

B). Los datos que TERRATOX obtuvo en terreno muestran que existe en funcionamiento  una fuente de captación de agua subterránea para consumo humano en inmediaciones de PSA Peugeot Citroën Argentina S.A.

C). Vemos que esta empresa puede ampliar información volcada en el Mapa de Alertas con sólo llenar vacíos informativos que resultan preocupantes dado el contexto indicado en punto B.

D). Queremos llamar la atención y lograr la intervención coordinada de las autoridades comunales y el OPDS para que garanticen agua potable y segura a la población, y  es nuestro modo de acompañar esfuerzos hacia el logro de ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible): ODS  Nº 6: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos; (y otros ODS conexos).



LA SITUACIÓN.



1. El Art. 1 de la Resolución 3722/16 del OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible) dice:

“Establecer  para  todas  las  industrias  clasificadas en  la  tercera  categoría, según su nivel de complejidad ambiental, instaladas en la Provincia de Buenos Aires, que realicen cualquier modificación significativa de las actividades operativas habituales, por ejemplo,  la  puesta  en  marcha  de  equipos,  paradas,  pruebas,  entre  otros  eventos;  la obligación , por parte de su titular, de informar dicha situación a este Organismo Provincial, según el formulario contenido en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente.

En caso de modificaciones programadas, se deberá informar con una antelación mínima de 24 horas y, en el supuesto de que no sean programadas, hasta dos (2) horas posteriores a su inicio”.


2.  PSA PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. sita en Pres. Juan Domingo Perón 1001, Villa Bosch, Partido de Tres de Febrero PBA, ingresó al Mapa de Alertas on line en cumplimiento del art.1 de la resolución 3722/16.

La empresa informa un Evento Programado  (Anexo I) identificado como: Paro Programado / Mantenimiento Programado  que inició el 27/11/2018 y finalizará 15/01/2019, según consta públicamente en formulario web del Mapa de Alertas (Ver Ilustración 1).




3. ANALISIS  DEL MODO DE INFORMAR EN EL MAPA DE ALERTAS.
A nuestro criterio, el modo que tiene de informar  PSA Peugeot Citroën Argentina S.A., a través del formulario del Mapa de Alertas, muestra ciertos vacíos que merecen ser analizados en lo relativo a:

3.1 VACÍOS EN IDENTIFICACIÓN DE POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES

3.2 VACÍOS EN DESCRIPCIÓN DEL EVENTO

3.3 VACÍOS DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS TOMADAS PARA MITIGAR EL IMPACTO


3.1 VACÍOS EN IDENTIFICACIÓN DE POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES:
PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. informa negativo (NO) en las 7 (siete) opciones de impactos ambientales que ofrece el formulario. Esto es: Visuales; Sonidos; Olores; Humos; Material Particulado; Derrames/Vuelcos y  Otro. (Ver Ilustración 2)



3.1.1 Aquí la firma de ref. elude precisar. Al indicar: Negativo (NO)  en el casillero “Otro”. Deja incompleto el casillero “Cuál”.
3.1.2 Téngase presente, que lo hace  en el contexto de Paro Programado / Mantenimiento Programado  (modificación significativa de las actividades operativas habituales).
3.1.3 Por su parte, el INSTRUCTIVO DE USO  para volcar información en el Mapa de Alertas en ningún momento habilita indicar NO en todas las opciones relativas a la “Identificación del evento e Impactos ambientales” y ordena expresamente: “Seleccione los  casilleros  que  se  adecuen  a  la  situación  en  cuestión, considerando que deberá completar el casillero “Cual” en caso de seleccionar el casillero “Otro”
3.1.4 Por lo tanto, cuando se presenta una situación que no consiste en impactos: Visuales;  Sonidos;  Olores; Humos;  Material Particulado;  Derrames/Vuelcos, entonces la empresa debe recurrir a marcar el casillero “Otro”. Y, a continuación, deberá completar el casillero “Cuál”.
El Instructivo no deja otra alternativa, el objetivo de la norma es transparentar el impacto.
3.1.5 Con este modo de llenar el formulario, la lectura que obliga a realizar PSA Peugeot Citroën Argentina S.A.  lleva a concluir que no existen impactos ambientales. Sin embargo, si tomamos una hipótesis de ausencia de impactos ambientales (porque objetivamente fuese imposible que exista impacto), tendríamos por consecuencia natural y obvia que ningún recurso resultaría afectado. Y sin embargo, como se verá abajo, la empresa informa afectación del recurso AGUA.


3.2 VACÍOS EN DESCRIPCIÓN DEL EVENTO:
PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. informa parada de planta anual para realizar tareas de mantenimiento.



3.2.1 El INSTRUCTIVO DE USO obliga en Descripción del Evento a:  “Describir el evento producido o a producirse, detallando el tipo (puesta en marcha de equipos, paradas, pruebas,  etc),  actividades  que  involucra  y  en  qué  consiste  el  proceso.  También  como resulta  afectado  el  medio  ambiente  y  sus recursos.
Vale la pena, a continuación, hacer un análisis comparativo de esta descripción exigida por la norma cotejándola con la información volcada por la empresa:

3.2.1.1 En los hechos, la firma de ref. no detalla las actividades  que  involucra el evento. Por lo tanto, no informa si están involucradas, total o parcialmente, las actividades de Estampado, Chapistería, Pintura o Montaje o las áreas Logística, Calidad y Servicios Técnicos Generales, Almacenamiento de productos peligrosos, Tratamiento de Efluentes Líquidos,etc .
3.2.1.2  En lo hechos, la firma de ref.  no explica en qué consiste el proceso a implementar.
3.2.1.3 En los hechos, la firma de ref.  no informa el modo en que resulta afectado  el  medio  ambiente.
3.2.1.4  En los hechos, la firma de ref. no informa cómo afecta los recursos naturales.



3.3 VACÍOS EN DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS TOMADAS PARA MITIGAR EL IMPACTO:
PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. Informa que no prevé  la generación de impactos significativos. (Ver Ilustración 4)

3.3.1 La firma de ref. no informa sobre MEDIDAS TOMADAS.
3.3.2 La firma de ref. no prevé generación de impactos significativos. Por lo tanto, atendiendo a los tres significados del verbo  PREVER que la empresa usa para informar, tenemos que:
a) la empresa  no ve con anticipación.
b) la empresa no puede conocer, conjeturar por algunas señales o indicios lo que ha de suceder.
c) la empresa no puede disponer o preparar medios contra futuras contingencias.

Así, la empresa se muestra incapaz para hacer previsión. Esto explicaría la razón por la cual no informa MEDIDAS TOMADAS. En este evento, la posibilidad de un accidente no es contemplada. Y eso es un indicio que debería impulsar a las autoridades comunales para indagar si la empresa de ref. se halla en el Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores, en el ámbito de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (Res. SRT nº 743/2003).
3.3.3 El INSTRUCTIVO DE USO ordena:  “Describir  todas  aquellas  medidas  tomadas  o  a  tomar  para minimizar el impacto al medio ambiente,  a sus recursos y a la población circundante”. Pero la firma de ref.  alude sólo a “impactos ambientales” y no los considera “significativos” y no justifica por qué no.
•    Nada menciona acerca de medidas tomadas para minimizar impactos a los recursos naturales.
•    Nada menciona acerca de medidas tomadas para minimizar impactos a la población circundante.
Ello a pesar de la existencia de un dato ambiental que la empresa no puede desconocer  y que consiste en el funcionamiento de un pozo de explotación de agua subterránea en las inmediaciones, como se verá más abajo.
3.3.4 PSA Peugeot Citroen Argentina S.A.  alude a “estas actividades de mantenimiento”, pero no proporciona datos descriptivos, como ya se vio en el análisis del punto 3.2.1, por lo tanto, no detalla aspectos de “estas actividades”.  


4. AFECTACIÓN DE RECURSOS:
PSA Peugeot Citroën Argentina S.A  informa afirmativo (SÍ) en Afectación de Recurso AGUA.  E indica negativo en recursos SUELO y AIRE.  (Ver Ilustración 5.)



4.1 El INSTRUCTIVO DE USO para llenar el formulario del Mapa de Alertas claramente se refiere a la Afectación de Recursos en estos términos:
“seleccione los recursos que se afectarán o fueron afectados por el evento”. No propone otras alternativas.
4.2 Sostenemos que: Si existe afectación o posibilidad de afectación del recurso AGUA, se debe determinar urgentemente la calidad de agua extraída  del pozo de producción de agua que funciona ubicado en las inmediaciones. (Ver Ilustración 6)




4.3 Este pozo es explotado por la empresa AySA para captación y distribución de agua corriente entre la población usuaria de un sector de Villa Bosch. La cámara del pozo está en el punto donde muere la calle Bonifacini (altura 5600 – 5650) a metros del cruce con calle Manuel Quintana. Coordenadas:  Latitud 34°35'46.65"S Longitud 58°34'36.97"O (Ver Ilustración 7).




4.4 La Empresa AySA maneja restrictivamente información sobre pozos de captación de agua y sobre resultados de controles de calidad de agua.
4.4.1 Es información restringida el contenido del inventario de pozos explotados por AySA en el distrito. No es pública la información acerca de pozos  en explotación,  fuera de servicio o cegados (como tampoco son conocidos los motivos por los cuales fueron quitados del servicio o cegados) . Por lo tanto, no podemos asegurar que el pozo de la Ilustración 6 sea el único en funcionamiento actualmente en la zona.
4.4.2 Tampoco AySA expone información a sus usuarios con relación a resultados de los periódicos controles de calidad de agua mediante análisis bacteriológicos, físicos y químicos tanto del agua de fuente superficial como de  fuente subterránea, que conforman su servicio. Por lo tanto,  se debe buscar conocer el historial y resultados de controles de calidad (análisis químico semestral) fueron aplicados a ese pozo desde que el mismo existe en funcionamiento. Entendemos que mientras la situación que nos ocupa se mantenga sin resolver, convendría un monitoreo preventivo constante de ese pozo.
4.5 Datos imprescindibles sobre la situación (actual o anterior) de la calidad de suelo del predio de PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. pueden surgir del EsIA de la planta.
4.5.1 El EsIA de PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. puede brindar información que permita deducir  el diagnóstico ambiental del suelo del vecindario. Es decir, suelo del área donde se ubica el pozo de captación de agua. La calidad del agua subterránea puede estar condicionada por la calidad del suelo del entorno: de existir algún nivel de contaminación del recurso suelo (relacionado a la actividad desarrollada por la firma durante décadas), esa contaminación puede trasladarse al agua.
4.5.2  Además, la comuna debe tener presente el contexto urbano industrial de Villa Bosch donde el establecimiento industrial de ref. no es el único de Categoría 3 (peligroso).
4.5.3  La comuna y la provincia deben estar alertas ya que en las  inmediaciones funcionan establecimientos educativos. Los análisis físicos y químicos de agua en escuelas próximas deben abarcar todo el espectro de parámetros químicos (53 y no sólo 7) indicados en el Código Alimentario Argentino.  El costo de los reactivos necesarios para analizar los 53 parámetros químicos no debe pesar sobre la comuna.  PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. puede cubrirlo con Responsabilidad Social Corporativa.


SOLICITAMOS:
En pos de la consecución de ODS:
Específicamente el ODS Nº 6: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos; y sus metas:  6.3  De aquí a 2030, mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos, reduciendo a la mitad el porcentaje de aguas residuales sin tratar y aumentando considerablemente el reciclado y la reutilización sin riesgos a nivel mundial. 6.4  De aquí a 2030, aumentar considerablemente el uso eficiente de los recursos hídricos en todos los sectores y asegurar la sostenibilidad de la extracción y el abastecimiento de agua dulce para hacer frente a la escasez de agua y reducir considerablemente el número de personas que sufren falta de agua. Y otros ODS conexos: ODS 1, Meta 1.5; ODS 3, Meta 3.9; ODS 4, Meta 4.a; ODS 9, Meta 9.4; ODS 11, Metas 11.6 y 11.b; ODS 12, Meta 12.4.  (*)

1º) Que la Unidad de Control Ambiental de Empresas obtenga para su análisis y evaluación: historial y resultados de controles de calidad (análisis químico semestral) que sobre el pozo en cuestión haya realizado AySA (Agua y Saneamientos Argentinos).
 

2º) Que la Unidad de Control Ambiental de Empresas obtenga para su análisis y evaluación el Estudio de Impacto ambiental (EsIA) de PSA Peugeot Citroën Argentina S.A.
 

3º) Que la Unidad de Control Ambiental de Empresas impulse la realización de análisis químicos del agua en establecimientos escolares circundantes en las condiciones sugeridas en punto 4.5.3
 

4º) Que  la Unidad de Control Ambiental de Empresas brinde un informe detallado de la situación con la urgencia que amerita el caso.
SE ADJUNTA: Copias de Resolución 3722/16 e  Instructivo para cargar los anexos de la Resolución 3722/16 (Mapa de Alertas OPDS).

Sin otro particular, lo saludo muy cordialmente.


ANGEL RODOLFO NAVARRO
Presidente
DNI 12747062
Sargento Díaz 8327 (1657) Pablo Podestá. PBA. ARG.
TELÉFONOS: 4769 1256  y  15 3600 8139  CORREO ELECTRÓNICO: terratox@terratox.org


(*):
ODS 1: Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo y su Meta 1.5   Para 2030, fomentar la resiliencia de los pobres y las personas que se encuentran en situaciones vulnerables y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras crisis y desastres económicos, sociales y ambientales
ODS 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades y su Meta 3.9  Para 2030, reducir sustancialmente el número de muertes y enfermedades producidas por productos químicos peligrosos y la contaminación del aire, el agua y el suelo.
ODS 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos y su Meta 4.a  Construir y adecuar instalaciones educativas que tengan en cuenta las necesidades de los niños y las personas con discapacidad y las diferencias de género, y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos
ODS 9: Industria, innovación e infraestructura y su Meta 9.4 De aquí a 2030, modernizar la infraestructura y reconvertir las industrias para que sean sostenibles, utilizando los recursos con mayor eficacia y promoviendo la adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente racionales, y logrando que todos los países tomen medidas de acuerdo con sus capacidades respectivas
ODS 11: Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles y sus Metas 11.6 De aquí a 2030, reducir el impacto ambiental negativo per capita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo. 11.b De aquí a 2020, aumentar considerablemente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan e implementan políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres, y desarrollar y poner en práctica, en consonancia con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, la gestión integral de los riesgos de desastre a todos los niveles
ODS 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles y su Meta 12.4 De aquí a 2020, lograr la gestión ecológicamente racional de los productos químicos y de todos los desechos a lo largo de su ciclo de vida, de conformidad con los marcos internacionales convenidos, y reducir significativamente su liberación a la atmósfera, el agua y el suelo a fin de minimizar sus efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente.




 

miércoles, 21 de noviembre de 2018

INCIDENTE EN BELCAR S.A.: OTRO IMPACTO PSÍQUICO 391 DÍAS DESPUES DE LA TRAGEDIA.


PASARON 391 DÍAS DE LA TRAGEDIA BELCAR S.A. Y OTRO INCIDENTE SE DESATA,... PERO SIGUEN EN SILENCIO, LAS AUTORIDADES LOCALES.

Nuestra solidaridad con el vecindario de San Justo, en el partido de La Matanza. Habrá que salir del nivel local para exigir respuestas.

Una población de víctimas ambientales que ante un incidente como el de ayer (20/11/2018) comparativamente, de menores proporciones, vuelve a sufrir el impacto psíquico. Pero en cuanto a qué tipo de emisiones tóxicas estuvo expuesta la población en este incidente y en el anterior, sigue, lamentablemente, siendo información restringida para las propias víctimas.

A continuación hacemos un repaso del expediente BELCAR S.A.

LA CONSULTA DE TERRATOX QUE NO FUE RESPONDIDA:
https://elblogdeterratox.blogspot.com/2017/11/caso-belcar-sa-consulta-intendenta.html

CASO BELCAR SA: FOTOS POST TRAGEDIA
https://elblogdeterratox.blogspot.com/2017/11/belcar-sa-fotos-post-accidente.html


martes, 6 de noviembre de 2018

Contaminación atmosférica y salud infantil: prescribir aire limpio. (Resumen)




Contaminación atmosférica y salud infantil: prescribir aire limpio. Resumen. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2018 (WHO/CED/PHE/18.01). Licencia: CC BY-NC-SA 3.0 IGO.









lunes, 29 de octubre de 2018

ARCHIVO AUDIODOCUMENTAL de: 1ª Jornada "Hacia una estrategia de Salud Ambiental en los municipios. 25/10/2018"


La Jornada en el Centro Educativo Castelmonte dio comienzo con una breve introducción de Ángel Navarro. El representante de TERRATOX, entidad coordinadora del evento, expresó un especial agradecimiento:
Al Padre Claudio Snidero por facilitar el espacio físico institucional donde realizar el evento.
Al Consejero Escolar Gabriel Restuccia por su presencia y apoyo logístico materializado en un proyector y pantalla.

Navarro recordó que la fecha 25/10/2018 representaba el primer aniversario del trágico accidente industrial mayor BELCAR SA. en San Justo, Municipio de La Matanza. Expresó la solidaridad de TERRATOX con las víctimas ambientales de esa tragedia, así como el apoyo a los reclamos de otras poblaciones expuestas: en Necochea con el petitorio de padres de alumnos, organizaciones docentes y gremios reclamando a las autoridades municipales para que se garantice agua segura, en un contexto marcado por el reciente incidente con gas fosfina, entre otras situaciones);  o localmente, en área de influencia del Aeropuerto de El Palomar, donde destacó la lucha que sostiene en esa área la organización Isla Verde.

Entre las autoridades presentes se encontraban:
En representación de la Secretaría de Seguridad de Tres de Febrero, la Directora de Defensa Civil Lic. Guadalupe Marfetan. También asistieron, a título individual, las concejalas: Ana Luz Balor y Cristina Heredia y los concejales Hugo Sebastian Curto y Máximo Rodríguez.
Y representantes de los Municipios de Quilmes y Avellaneda.

Además de docentes de instituciones educativas locales,  entre el público interesado en la temática estaban presentes:
La Asociación Civil "Quemeros de El Libertador" representada por su fundador Sr. Fernando Alfonzo.
La Lic. Hersilia Ayala en su carácter de responsable del Área Educación tanto de Consejo Cunsultivo de la Sociedad Civil de la Comisión de Cambio Climático, Ambiente y Desarrollo Sustentable para Cancillería argentina, como de IDEAR ( Instituto Estudio y Desarrollo en Políticas Públicas de Argentina).

Resultado de la Jornada es este ARCHIVO AUDIODOCUMENTAL de libre acceso, con la esperanza de que sirva de fundamento teórico y científico para generar propuestas de CREACIÓN DE UN ÁREA DE SALUD AMBIENTAL en el marco de la Secretaría de Salud de Tres de Febrero.  

A continuación los archivos para descargar  y/o  escuchar.



SUSANA GARCÍA  (SIBSA)
Presentación de la SIBSA (Sociedad Iberoamericana de Salud Ambiental)
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MARINA MARMORA (COMIREC)
Perspectivas de Salud Ambiental en el Plan de Gestión Integral de la Cuenca Reconquista
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Concejala Cristina Heredia pregunta a Marina Marmora (COMIREC)





Intervención de Susana García refiriéndose a la idea básica de la 1ª Jornada: Hacia una estrategia de Salud Ambiental en los municipios.









MARIA ANDREA DAKESSIAN  (MIN. SALUD. GCBA)
15 años de Gestión Pública en Salud Ambiental en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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SCHELICA MOZOBANCYK  (ACUMAR)
Promotores de salud ambiental en las Trayectorias Tutoriales de Redes de Contención de “Hacemos Futuro”.
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JAVIER DA CUNHA  (U.T.N.)
La gestión local del riesgo ambiental. Normativas y experiencias internacionales.
DESCARGAR POWERPOINT                       Norma ISO 31000 Risk Management









MÁXIMO LANZETTA  (MUN. ALTE. BROWN)
Hacia un programa de preparativos para emergencias ambientales con productos químicos a nivel local. Las DDJJ electrónicas de permisos e información ambiental.
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LUCIO DE OTO  (MUN. VICENTE LÓPEZ)
Experiencias de salud ambiental en los Municipios de Vicente López y Pilar.
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jueves, 11 de octubre de 2018

Primera Jornada de Salud Ambiental en Tres de Febrero. 25/10/2018

TERRATOX está coordinando en Tres de Febrero la Primer Jornada de Salud Ambiental. Evento gratuito, con inscripción on line, que se realizará este mes en la localidad de Pablo Podestá.

El lema es: HACIA UNA ESTRATEGIA DE SALUD AMBIENTAL EN LOS MUNICIPIOS, y es organizada por la Sociedad Iberoamericana de Salud Ambiental (SIBSA).






La Organización Panamericana de la Salud (OPS) define la salud ambiental como un concepto general que incorpora aquellos planeamientos o actividades que tienen que ver con los problemas de salud asociados con el ambiente, teniendo en cuenta que el ambiente humano contempla un contexto complejo de factores y elementos de variada naturaleza que actúan favorable o desfavorablemente sobre el individuo.


La Sociedad Iberoamericana de Salud Ambiental (SIBSA) la define como la transdisciplina que estudia la generación y presencia de las amenazas y vulnerabilidades socioambientales que ponen en riesgo la salud de las poblaciones actuales y futuras, proponiendo, implementando y evaluando con una perspectiva intersectorial y ampliamente participativa, programas y políticas para la construcción de micro, meso y macro ambientes saludables.


Según la OMS, los factores de riesgo ambientales, como la contaminación del aire, el agua y el suelo, la exposición a los productos químicos, el cambio climático y la radiación ultravioleta, contribuyen a más de 100 enfermedades o traumatismos.


Los niños son el grupo social más vulnerable a las amenazas ambientales, estimándose que la carga global de enfermedad en menores de 15 años, se encuentra asociada a factores ambientales en 90% de los casos de las enfermedades diarreicas agudas (EDA), en 60% de las infecciones respiratorias agudas (IRA), en 30% de los accidentes y lesiones, y en 25 % de los casos de cáncer.


Los determinantes sociales son funciones de las circunstancias en las cuales las personas viven, trabajan y crecen; en gran parte conformados por la distribución de los recursos y el poder. Estos determinantes están estrechamente vinculados con la exposición a factores de riesgo ambientales, tales como las condiciones de trabajo, vivienda, agua y saneamiento o estilos de vida saludables.


Los objetivos de una estrategia de Salud Ambiental Municipal son evaluar, corregir, controlar y prevenir esos factores del ambiente que potencialmente pueden afectar de forma adversa la salud de las presentes y las futuras generaciones.


Un abordaje integral de la gestión de los procesos que actúan como determinantes ambientales de la salud a escala de cuenca hidrológica permite identificar riesgos predecibles y las oportunidades de intervención conjunta de las jurisdicciones en acciones de prevención y control. Esta Jornada tiene como objetivo la aproximación a todos estos aspectos desde la experiencia de los invitados a participar.

 


PROGRAMA PRELIMINAR

08.30 hs Acreditación
 

09.00 hs Presentación de Autoridades
 

09.15 hs Perspectivas de salud ambiental en el Plan de Gestión Integral de la Cuenca
Reconquista. Marina Mármora. Coordinadora del PGICRR (COMIREC)
 

09.30 hs 15 años de Gestión Pública en Salud Ambiental en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. María Andrea Dakessian (Ministerio de Salud – GCBA)
 

10.00 hs Experiencias de salud ambiental en los Municipios de Vicente López y Pilar.
Lucio De Oto (Municipalidad de Vicente López)
 

10.30 hs Promotores de salud ambiental en las Trayectorias Tutoriales de Redes de
Contención de “Hacemos Futuro”. Schelica Mozobancyk (ACUMAR)
 

11.00 hs Intervalo
 

11.30 hs La gestión local del riesgo ambiental. Normativas y experiencias
internacionales. Javier Da Cunha (UTN)
 

12.00 hs Hacia un programa de preparativos para emergencias ambientales con
productos químicos a nivel local. Las DDJJ electrónicas de permisos e
información ambiental. Máximo Lanzetta (Municipalidad de Alte. Brown)
 

12.30 hs La Estrategia de Salud Ambiental en los Municipios. Propuesta de la Dirección
de Salud y Educación Ambiental de ACUMAR. Susana García (ACUMAR)
 

13.00 hs Debate final y propuestas. Ángel Navarro (TERRATOX)
 

13.30 hs Cierre de la Jornada





lunes, 8 de octubre de 2018

Respuesta del municipio sobre la situación del Jardín Pepino 88 en Pablo Podestá.

El día 05/10 en sede municipal (Secretaría de Desarrollo Económico; Unidad de Control Ambiental de Empresas) nos dimos por notificados de las respuestas elaboradas para el expediente 40281/2018.1 (y para otro, que puede verse en el anterior post).

¿A QUE EXPEDIENTE ESTA RESPONDIENDO LA UNIDAD DE CONTROL AMBIENTAL DE EMPRESAS?
 Está respondiendo al expediente 4117.40281.2018.2, que Ud puede conocer en la publicación titulada: 
"Reporte de otro incidente ambiental y otras cuestiones vinculadas al Jardín de Infantes PEPINO 88".


¿QUÉ SOLICITAMOS EN ESE EXPEDIENTE?
 
En ese expediente ingresado el 17/10/2017

Solicitamos:
Que la Secretaría (de Educación y Cultura) actúe con premura:

    A) REALICE UNA ADECUADA COMUNICACIÓN DE RIESGOS para la comunidad educativa de Pepino 88, e incluya las propuestas expresadas en nota de Pronto Despacho.

    B) Se proceda a comunicar a las familias de los alumnos las razones de la utilización del agua en bidón y si la misma se usará de modo permanente o temporario, dado que entramos en período de alta de temperatura.

    C) se proceda a comunicar a las familias de los alumnos, las medidas de prevención aplicadas para que no se repita otro incidente con gas, si es que de eso se trató, precisamente, el olor que percibieron las docentes.



¿SE APORTARON IMAGENES COMO PRUEBA EN ESE EXPEDIENTE?
Efectivamente, las imágenes que se aportaron se pueden observar en el video publicado en You Tube:
Clic aquí, para ver el video en You Tube


 LA RESPUESTA EMITIDA POR EL MUNICIPIO.



ACERCA DEL CONTENIDO DE LA RESPUESTA DEL MUNICIPIO

Punto A: El área municipal correspondiente, a la fecha espera la remisión de documentación ambiental por parte del OPDS, ya que esa documentación no está siendo presentada por GOOD PARK. 
Mientras tanto, anuncia que emitirá un dictamen técnico con el diagnóstico ambiental del sitio, y que avanzará en ulteriores medidas de compensación ambiental (si fuesen necesarias), mitigación de impactos y planes de emergencia -y agrega- prevención de riesgos.

Con respecto de este agregado sobre prevención de riesgos, no desconocemos la capacidad científico- técnica del área, pero entendemos que este tema de la prevención de riesgos debería orientarse a una coordinación con salud pública. La cuestión de las medidas de prevención que hemos propuesto deben ser analizadas y evaluadas, o corregidas o mejoradas con un enfoque sanitario centrado en Salud Ambiental y no desde un área pura y exclusivamente ambiental.  PERO DEBEN APLICARSE. Si luego, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible transmite al Municipio documentos que comprueban fehacientemente que el entorno ambiental del Jardín Municipal Pepino 88 es un verdadero paraíso ambiental, entonces correspondería cesar la aplicación de medidas de prevención. (La Salud en todo y ante todo)

Punto B: El área municipal correspondiente, afirma, por un lado, que el agua en bidón se usa preventivamente desde tiempo atrás y, por el otro, que Pepino 88 está provisto de agua de red AySA, que fue sometida a análisis bacteriológico y físico-químico (*). El resultado del análisis indica que se cumplen con los parámetros técnicos legales (sin riesgo en el agua) de acuerdo al CAA (Código Alimentario Argentino). Sin embargo, del total de 53 parámetros químicos que indica el CAA, se realizan sólo 7 parámetros. Quedando 46 sin analizar (parámetros orgánicos e inorgánicos).

El último párrafo del punto B, según la redacción, parece estar dirigido a TERRATOX en cuanto a que dice: "podrán solicitar análisis semejantes del agua de bidón utilizada". Entendemos que no  corresponde a TERRATOX solicitarlo porque la provisión de bidones fue contratada por Educación y Cultura. Por lo tanto, es dicha área la que debe reclamar los análisis bacteriológico y físico-químico a la empresa proveedora de agua en bidón.


PUNTO C: El área municipal correspondiente, guarda silencio con relación al asunto de la fuga de gas. Quizá por considerarlo tema ajeno al área y propio de Educación y Cultura.



(*) En cuanto al análisis físico-químico debemos efectuar una consulta derivada de esta respuesta emitida por el Municipio, dado que se nos presentan algunas inquietudes. Lo haremos próximamente y cuando obtengamos respuesta al respecto, la misma se publicará junto al Protocolo de Informe del análisis del agua de red que llega a Pepino 88.







Respuesta del municipio sobre vuelcos de líquidos (Expediente 31446/2017.2)

El día 05/10 en sede municipal (Secretaría de Desarrollo Económico; Unidad de Control Ambiental de Empresas) nos dimos por notificados de las respuestas elaboradas para el expediente 31446/2017.2 (y para otro, que puede verse en el siguiente post).

¿A QUE EXPEDIENTE ESTA RESPONDIENDO LA UNIDAD DE CONTROL AMBIENTAL DE EMPRESAS?
Está respondiendo al expediente que Ud puede conocer en la publicación titulada:  
Exp. 4117.31446.2017. Nuevo Video y Fotos: desde predio Johnson arrojan líquidos sospechosos a la calle (13.10.2017)

¿QUÉ SOLICITAMOS EN ESE EXPEDIENTE?
En ese expediente ingresado el 17/10/2017

SOLICITAMOS
1º) La intervención urgente del Municipio para reducir al mínimo el impacto ambiental de las actividades económicas y constructivas en el predio SC Johnson y, a su vez, arbitrar los medios para cuidar la Salud Ambiental de la población del entorno (especialmente la más vulnerable) sin obstaculizar el desarrollo económico.

2º) Intervención específica del Área de Control Ambiental de Empresas dependiente de la Secretaría a su cargo para que proceda a analizar este material aportado y expedirse acerca del mismo y sobre lo apuntado aquí en el marco del Exp. De Ref.

¿SE APORTARON IMAGENES COMO PRUEBA EN ESE EXPEDIENTE?
Efectivamente, las imágenes que se aportaron se pueden observar en el video publicado en You Tube:
Clic aquí, para ver el video en You Tube

LA RESPUESTA EMITIDA POR EL MUNICIPIO.


ACERCA DEL CONTENIDO DE LA RESPUESTA DEL MUNICIPIO

1º) El área municipal correspondiente tuvo reiteradas reuniones con la firma GOOD PARK (los actuales dueños del predio, Ex SC Johnson). El resultado fue nulo, porque de esas reuniones no se obtuvo información ambiental que pueda brindar un diagnóstico de la situación del suelo del predio y del suelo del vecindario.

2º) El área municipal correspondiente en vista de que no obtiene de GOOD PARK la información solicitada, pasó a pedir esa información a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires a través del OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible) cuya ÁREA PROGRAMA DE CONTROL DE REMEDIACIÓN , PASIVOS Y RIESGO AMBIENTAL está a cargo del Expediente 2145-20952/2012-0 cuya carátula es "SC JOHNSON & SON DE ARGENTINA SA" ACTA Nº B 00097945 - PABLO PODESTÁ.

3º) El área municipal correspondiente intima a GOOD PARK para que presente 4 documentaciones relativas a la cuestión del AGUA SUBTERRÁNEA  (acuífero) y cumplimiento de sus obligaciones frente a la ADA (Autoridad Del Agua) y en relación a su Resolución 333/17.

4º) El área municipal correspondiente promete intimar por vía legal a GOOD PARK para su adecuación bajo la ley 13744 de Creación y Funcionamiento de Agrupamientos Industriales . (En este punto, desde TERRATOX no estamos de acuerdo que se instale un parque industrial u otro tipo de agrupamiento industrial. Vemos que las intenciones de GOOD PARK apuntan a aprovechar toda la superficie del predio ex Johnson para transformarlo en un parque industrial. Esto significa que las tareas de remoción no se van a interrumpir. Sino todo lo contrario, se van a incrementar avanzando hacia los fondos del terreno, donde se encontraría ubicada la fosa de almacenamiento de residuos del incendio de 1999. Remover suelos y, en particular, en esa zona, traerá nuevamente complicaciones y riesgos para la población que deben ser evitados a la brevedad para evitar el avance del proyecto que pasa por encima de la seguridad y la salud públicas).

5º) El área municipal correspondiente aguarda la documentación ambiental (que no presentó GOOD PARK y que está en poder del OPDS) para analizarla y emitir un diagnóstico ambiental, ulteriores medidas de compensación ambiental (*) (si fuesen necesarias), mitigación de impactos y planes de emergencia.

 (*)
 No se aclara a qué se refiere con "regularización de las medidas compensación ambiental".  
Regularizar es poner en orden, legalizar, adecuar. 
Pero en cuanto a compensación ambiental queda la duda: 
  • ¿Es sinónimo de remediación limitada al suelo del predio industrial?
  • ¿Es sinónimo de remediación extendida al suelo del vecindario dentro del área de afectación? 
Como no se aclara en la respuesta, sería conveniente, que en esta meteria, la administración municipal apele a una definición o explicación de la naturaleza y alcances de la compensación ambiental.

miércoles, 19 de septiembre de 2018

La Contaminación No Trae Cáncer.......... exclusivamente


El cáncer sólo es una de las múltiples enfermedades que se pueden vincular con un medioambiente contaminado.


Tratemos de estar atentos a cuestiones de Salud Ambiental.
Aquí está a su alcance una lista de problemas sanitarios que se asocian con Aire, Suelo y Agua contaminados:

  • Infecciones respiratorias
  • Enfermedades diarreicas
  • Malaria
  • Otras enfermedades infecciosas
  • Condiciones neonatales
  • Malnutrición proteinoenergética
  • Cáncer
  • Trastornos mentales, conductuales y neurológicos
  • Asma
  • Anomalías congénitas
  • Lesiones por accidentes viales
  • Intoxicaciones
  • Caídas
  • Incendio, calor y sustancias calientes
  • Ahogamiento
  • Otras lesiones

Esta lista y mucha más información al respecto puede encontrarse en la publicación de la OMS (Organización Mundial de la Salud) que lleva por título:

¡No contamines mi futuro! El impacto de los factores medioambientales en la salud infantil. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2017. Licencia: CC BY-NC-SA 3.0 IGO. 

A continuación: un enlace para  DESCARGAR PUBLICACION DE OMS




miércoles, 12 de septiembre de 2018

Reporte de otro incidente ambiental y otras cuestiones vinculadas al Jardín de Infantes PEPINO 88


****************Transcripción****************

EXPEDIENTE 4117.40281.2018.2
Caseros, 10/09/2018

Municipalidad de Tres de Febrero
Secretaría de Educación y Cultura
Mercedes Sanguineti

Ref: Reporte de nuevo incidente ambiental y otras cuestiones,
vinculadas al Jardín Pepino 88 en Pablo Podestá  
AGREGAR A EXP. Nº  4117.40281.2018.0

De nuestra consideración:
Se agrega por la presente una síntesis de lo acontecido en días recientes, fuera y dentro del Jardín de ref.: 

Nuevo incidente de vertidos generados desde predio industrial.
1) Se produjo un nuevo incidente ambiental: El 01/09/2018 Vertidos de líquidos turbios y con olor a hidrocarburo a la calle Sargento Díaz (altura 8200). Hemos registrado el hecho fotográficamente. 
Las imágenes están en el video: https://youtu.be/tii6x-4vqbQ  




Insistimos en la necesidad urgente de conocer el exacto diagnóstico ambiental del área donde se ubica el Jardín de ref.  

Agua en bidón
2) Recibimos comentarios e inquietudes de padres de alumnos con respecto a los motivos de una supuesta utilización de agua en bidón en el establecimiento de ref.  Aducen no tener comunicación institucional sobre el tema agua.

Fuga de gas
3) En la mañana del jueves 06 de setiembre de 2018, instantes antes de horario de ingreso a clase  las docentes habrían percibido olor a gas. Por ese motivo, dieron la alerta correspondiente y acudió al lugar un autobomba del Cuerpo de Bomberos Voluntarios a los fines de verificar la pérdida de gas. No hubo clases en turno mañana.  No se habría comunicado a las familias acerca de todo lo relativo al hecho.

3. Solicitamos:
Que la Secretaría actúe con premura:
  • A) REALICE UNA ADECUADA COMUNICACIÓN DE RIESGOS para la comunidad educativa de Pepino 88, e incluya las propuestas expresadas en nota de Pronto Despacho.
  • B) Se proceda a comunicar a las familias de los alumnos las razones de la utilización del agua en bidón y si la misma se usará de modo permanente o temporario, dado que entramos en período de alta de temperatura.
  • C) se proceda a comunicar a las familias de los alumnos, las medidas de prevención aplicadas para que no se repita otro incidente con gas, si es que de eso se trató, precisamente, el olor que percibieron las docentes.

****************Fin de Transcripción****************


ANTECEDENTES DEL CASO DURANTE 2018




Muro industrial exuda químicos

   

  

Eterna situación de riesgo ambiental que puede ser evitado por quienes lo provocan 
y por quienes deberían controlar las actividades económicas en el distrito.


Reclamamos al Municipio por respuesta a un Petitorio Vecinal de mediados de mayo.



El 14/05/2018 TERRATOX presentó en el Municipio de Tres de Febrero un PETITORIO VECINAL  contra ruidos molestos, demolición y remoción de suelos en predio industrial de Pablo Podestá. EXPEDIENTE Nº  4117.40588.2018.0 (VER TEXTO DEL PETITORIO Y ANTECEDENTES).

Desde entonces, no se tiene respuesta de las autoridades municipales. 


Por esa razón, TERRATOX presentó en el Municipio un Pronto Despacho (Es una nota que se agrega al expediente para solicitar expresamente una resolución rápida a la cuestión pendiente)

Aquí el texto completo del PRONTO DESPACHO registrado en Mesa de Entradas, Salidas y Archivos como Alcance 1-40588/18


********* Transcripción*********
Caseros, 10.09.2018

Municipalidad de Tres de Febrero.
Sr. INTENDENTE DIEGO VALENZUELA

REF: PRONTO DESPACHO PARA PETITORIO VECINAL
EXPEDIENTE Nº  4117.40588.2018.0
.
De nuestra consideración:

Ésta es área de riesgo  hasta tanto Ud pueda obtener pruebas fidedignas de que el entorno del lugar carece de riesgo ambiental porque fue sometido a remediación de los suelos del  predio y de las áreas de afectación. Quienes padecen enfermedades en el área de riesgo requieren como todo ser humano de un diagnóstico médico adecuado y completo.

Es decir, un diagnóstico que incluya la identificación exacta de los  factores ambientales que tienen  poder de dañar la salud  (contaminantes y sus respectivas concentraciones presentes  en suelo, aire y agua).
Si los poseedores de la nómina de esos factores ambientales nocivos la ocultan denegando información, se ataca el derecho a la salud y el derecho a la vida.

Respecto al predio industrial (SC JOHNSON / GOOD PARK) Se requiere urgente conocimiento de la situación ambiental del terreno del predio industrial y de las manzanas que rodean al mismo.

Comunico a ud. que desgraciadamente uno de los vecinos que firmaron el petitorio ha fallecido tras su internación por razones de salud. Él se fue esperando respuesta. El luto no queda allí, se extiende como la mancha de contaminación del suelo y el material particulado que se desprende de ese suelo venenoso.

No creemos que sea casualidad: Tres antiguos vecinos más, han fallecido también después del inicio de actividades de remoción de suelos. Eran especialmente vulnerables viviendo en  estos contextos marcados por la contaminación. Unos vulnerables por razones de edad y otros por razones de salud o una combinación etaria y sanitaria. Pero los cuatro vecinos con sus casas ubicadas dentro del circuito de recorrido de antiguos vertidos industriales.

Todo apunta al suelo dañado. La remoción de suelos que se hizo en el barrio en ocasión de la extensión de red cloacal ya produjo estas mismas consecuencias en otras víctimas ambientales vecinas. Ahora se corrobora.

SOLICITAMOS: urgente respuesta al petitorio de ref. La urgencia se basa en razones de salud ambiental y riesgo de exposición a un medioambiente hostil a la salud de los pobladores.

********* Fin de Transcripción*********



¿CONOCE EL CIRCUITO DEL RECORRIDO DE VERTIDOS INDUSTRIALES EN LA ZONA?
Ya hace mucho, TERRATOX preparó los mapas de riesgos relacionados con los vertidos industriales.
En el Pronto Despacho que se transcribió arriba, se menciona:  "...los cuatro vecinos con sus casas ubicadas dentro del circuito de recorrido de antiguos vertidos industriales."

Para conocer el circuito, aquí están algunos de los mapas:



LOS 7 CASOS DONDE LA AUTORIDAD NO CONCEDERIA LA INFORMACION AMBIENTAL QUE ESTAMOS SOLICITANDO.

La LEY N° 25.831  (REGIMEN DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA AMBIENTAL) establece, en su artículo 7 "Denegación de la información", aquellas situaciones por las cuales puede denegar lo que pedimos.

Parte del artículo 7 dice:

"La información ambiental solicitada podrá ser denegada únicamente en los siguientes casos:

a) Cuando pudiera afectarse la defensa nacional, la seguridad interior o las
relaciones internacionales;

b) Cuando la información solicitada se encuentre sujeta a consideración de autoridades judiciales, en cualquier estado del proceso, y su divulgación o uso por terceros pueda causar perjuicio al normal desarrollo del procedimiento judicial;

c) Cuando pudiera afectarse el secreto comercial o industrial, o la propiedad intelectual;

d) Cuando pudiera afectarse la confidencialidad de datos personales;

e) Cuando la información solicitada corresponda a trabajos de investigación científica, mientras éstos no se encuentren publicados;

f) Cuando no pudiera determinarse el objeto de la solicitud por falta de datos suficientes o imprecisión;

g) Cuando la información solicitada esté clasificada como secreta o confidencial
por las leyes vigentes y sus respectivas reglamentaciones...."



Analizando lo que dice el artículo 7 de la ley 25831, está claro que nuestro Petitorio Vecinal no encuadra en ninguno de los siete casos donde el Estado Municipal (o el Provincial, o el Nacional) puede denegar información.

Por lo tanto, el Municipio carece de toda justificación legal para denegar información.


martes, 4 de septiembre de 2018

Propuestas para la Gestión Municipal de Riesgos de Desastres

A través del Expediente 4117.44698.2018.0 hemos presentado propuestas al Municipio de Tres de Febrero a partir de cuestiones vinculadas al incendio del 26.08.2018 en calle Catamarca 1661 en localidad de Churruca.



Hablamos de "Gestión de Riesgos de Desastres" porque entendemos que no tenemos todavía un PLAN DE GESTION DE RIESGOS:  Conjunto coherente y ordenado de estrategias, programas y proyectos, que se formula para orientar las actividades de reducción de riesgos, los preparativos para la atención de emergencias y la recuperación en caso de desastre. Al garantizar condiciones apropiadas de seguridad frente a los diversos riesgos existentes y disminuir las pérdidas materiales y consecuencias sociales que se derivan de los desastres, se mejora la calidad de vida de la población.
(Ver: "Sobre la Gestión del Riesgo: Apuntes hacía una Definición" Allan Lavell, Ph.D.)

 
Aquí el documento completo ingresado hoy:

martes, 28 de agosto de 2018

Es saludable ejercer y defender el derecho al AGUA POTABLE Y SEGURA.

Existe en este siglo, un derecho humano que consiste en el derecho a acceder al AGUA SEGURA.
El derecho al agua potable también es un derecho humano, pero ya está desactualizado hoy en día.





Porque eso que suponemos agua potable, sigue manteniéndose presente en las conversaciones de mucha gente, como si fuera positivo y suficiente con que el agua tenga la cualidad de ser potable.

El agua potable era justa exigencia tiempo atrás, antes del siglo 21. Pero hoy sabemos que eso que llamamos POTABLE no siempre es salubre. Porque puede contener algún tipo de riesgo para la salud de las personas.
Esos riesgos son tres:
  1. riesgos microbianos, 
  2. riesgos físicos 
  3. riesgos químicos.

Hoy en día, hay tecnología para detectar la presencia de esos riesgos en el agua potable.
Las empresas proveedoras de agua tienen esas tecnologías y deben aplicarlas. Y es deber del Estado controlar que esas tecnologías se apliquen, para garantizar que el agua potable sea saludable.

Para investigar la presencia o ausencia de cada uno de esos riesgos se emplean tres tipos específicos de análisis de laboratorio:
  • El análisis Microbiologico o Bromatológico determina si el agua potable tiene o no riesgo microbiano. 
  • El análisis Físico determina si el agua potable presenta o no riesgo físico. 
  • El análisis Químico descubre si el agua potable contiene o no riesgo químico.

En el caso de que el agua potable pase por esos tres análisis y el resultado indique que no se detectaron riesgos a niveles indeseables, nocivos o peligrosos para la salud, entonces el agua, además de ser potable, es, también, AGUA SEGURA.

Por lo tanto, ahora sabemos que agua potable no equivale siempre a agua segura.

En 2010 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoció finalmente el derecho humano al agua potable y segura.

En TERRATOX entendemos que es saludable ejercer ese derecho. ¿No le parece?