lunes, 22 de septiembre de 2014
Memoria histórica ambiental.
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jueves, 18 de septiembre de 2014
Cloroformo en suelo de Zona Johnson: el expediente perdido
Mientras AySA entra al área con cloroformo en suelo, bien vale hacer memoria.
EL EXPEDIENTE PERDIDO
Dos áreas o sectores en el entorno de la planta química SC Johnson fueron escenario del hallazgo de Cloroformo en suelo. Esos hallazgos se produjeron en épocas en que la justicia federal investigaba a la multinacional y enviaba a agentes del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina para hacer peritajes en esta localidad del Gran Buenos Aires. Hasta que la causa federal pasó al fuero provincial para ser archivada. Y la presencia de Cloroformo en suelo quedo sin remediar, entre otras cosas.
Aquí un documento de TERRATOX del 30 de junio de 2003 que fuera presentado al Programa Nacional de Riesgo Químico del Ministerio de Salud de la Nación. Allí se abrió el Expediente 7761-03.3.
Un bimestre después, desde el organismo nacional se pide antecedentes del caso a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires. El día 28.8.2003 Se envía el Expediente 7761-03.3 a La Plata mediante el remito Nº 1005029. Llegó a Gobernación de Felipe Solá y nunca más se supo del Expediente cloroformo en suelo.
Silencio de gobernador. Desaparición del Expediente 7761-03.3
Desoídos los reclamos efectuados desde el Programa Nacional de Riesgo Químico.
Llegado el día 17 de junio de 2004 TERRATOX mantuvo una audiencia con el entonces Secretario de Política Ambiental, Lic. Jorge Etcharrán. Fue testigo presencial la Diputada Nacional Sra. Marta Maffei. Allí, TERRATOX, entre otros puntos reclamó:
"3.1 Que se agilicen los trámites para dar una pormenorizada y completa respuesta a los responsables del Programa Nacional de Riesgo Químico del Ministerio de Salud de la Nación, en el término de 30 días hábiles contados a partir del día de la fecha, con relación al Expediente 7761 – 03.3 referido al HALLAZGO DE CLOROFORMO EN SUELO EN LA LOCALIDAD BONAERENSE DE PABLO PODESTÁ y que ha sido enviado desde dicho Ministerio a la Gobernación de la Provincia de Bs. As. mediante Remito Nº 1005029, el 28.08.03."
Pero ese no iba a ser el único dolor de cabeza del Secretario Etcharrán. Sobrevendrían otros. Como cuando intentó responder a una requisitoria del Juzgado Federal que investigaba a SC Johnson y al momento de recopilar antecedentes, en las oficinas de la Secretaría de Política Ambiental desaparecieron varios documentos relativos a cuestiones de control medioambiental realizados sobre la empresa.
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Pablo Podestá, Buenos Aires, Argentina
TERRATOX le enseña historia a la Agencia de Planificación (A.PLA) ante excavaciones en sitio contaminado
EMAIL DE TERRATOX DEL 8.9.2014 CON NOTA DIRIGIDA A A.PLA
AGENCIA DE PLANFICACIÓN Ing. Edgardo Atilio BORTOLOZZI
Ref.
Excavaciones en sitio contaminado de Pablo Podestá Municipio de Tres de Febrero
Ponemos en conocimiento de la A.PLA Indicios de sitio contaminado.
Reclamamos aplicación de los principios de PRECAUCIÓN y PREVENCIÓN
Pablo
Podestá, 08.9.2014
A.PLA
AGENCIA DE
PLANFICACIÓN
Ing. Edgardo Atilio BORTOLOZZI
PRESIDENTE
Ref.:
Excavaciones en sitio contaminado de Pablo Podestá Municipio de Tres de Febrero
Ponemos en conocimiento de la A.PLA Indicios
de sitio contaminado.
Reclamamos aplicación de los
principios de PRECAUCIÓN y PREVENCIÓN
1 Cloroformo en suelo.
1.1 Fuente documental y Nuestra
consulta al Ministerio de Salud de la Nación
1.2 Ubicación Geográfica: Dos lugares contaminados
en torno a Planta Podestá de S.C. Johnson
1.2.1 Mapa
de cloroformo en Calle Metzig y cloroformo
en Calle López y Planes y avance de obras de instalación de red cloacal por
calle Sgto. Díaz en Pablo Podestá http://1drv.ms/1tFftGl
2 Otros contaminantes en el suelo de la zona
2.1 El antecedente inicial: el EsIA de
SC Johnson https://sites.google.com/site/archivosterratox/home/scjohnsonContaminaSueloyAgua
2.2 Nómina de contaminantes del suelo y
su riesgo sanitario
2.2.11 SOLVENTE 60/90 http://www.slideshare.net/TERRATOX/solvente-60-90-contaminante-detectado-en-suelo-de-zona-johnson
2.2.12 TOLUENO
http://www.slideshare.net/TERRATOX/tolueno-contaminante-detectado-en-suelo-de-zona-johnson
2.3 El avance de la construcción de red
cloacal
2.3.1
Advertencias de TERRATOX al Municipio de Tres de Febrero
2011 ALERTA A CONCEJALES; 2012 ALERTA AL INTENDENTE; 2012 PIDE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA; 2013 DENUNCIA SUELO CONTAMINADO; 2013 PIDE ACCESO A INFORMACIÓN; 2013 PIDE COMUNICACIÓN DE RIESGOS.
2.4 Año 2013 Nuestra Nota 56 Denuncia
hallazgo de hidrocarburos en suelo en finca contigua a Planta SC Johnson http://elblogdeterratox.blogspot.com.ar/2013/01/nota-05613-hidrocarburos-en-suelo-de.html
2.4.1 Mapa
Lote del vecino y Lote SC Johnson con ubicación de su pozo de residuos de 1999.
2.4.2
Nuestro mapa de hipótesis de migración de hidrocarburos en suelo http://elblogdeterratox.blogspot.com.ar/2013/02/contaminacion-de-suelo-con-hidrocarburos.html
2.5 Año 2014 Obras de construcción de
red cloacal ingresan a la zona Nuestra nota a Secretaría de Salud Pública del
Municipio de Tres de Febrero Exp. Nº
42598 / T 2014: Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos
sanitarios móviles
3 Contaminantes aportados por Accidentes
industriales mayores de S.C. Johnson
3.1 Año 2004 Incendio de Depósitos de
productos terminados:
Mapa del
lugar: http://goo.gl/1x8lWf (la muestra Nro 2 que se indica abajo en 3.1.1
se tomó frente a la zona foco de incendio.)
El informe
Pericial de Gendarmería Nacional https://onedrive.live.com/view.aspx?resid=28F8EABE4166274C!347&cid=28f8eabe4166274c&app=WordPdf&authkey=!AHMMl1RRrWUoEBg
3.1.1
Muestra de residuos sólidos
Muestra
2: muestra de suelo superficial tomada en la vereda de enfrente, a la altura
del Puesto Nro. 7 de la empresa, sobre la calle Perez Galdós..."
(Direción
de Policía Científica, Peritacioón Nº 31.732, realizada en Departamento
Químico, División incendios y Explosivos. Solicitado por: Juzgado Federal en lo
Criminal y correcciónal Nro 2 San Martín. Causa: Nº 1667 Caratulada
"Navarro, Ángel Rodolfo s/Dcia. P/Inf. Ley 24.051". Expte: AZ
4-2000/239.
Componentes
Muestra 2:
Hidrocarburos
alifáticos de 5 a 20 C;
Naftaleno;
Metilnaftaleno.
3.1.2 El
video 25 F 2004 (Otro accidente químico S.C. Johnson & Son) https://www.youtube.com/watch?v=b37VvautuK4
3.2 Año 1999 Incendio de depósito de
materias primas
3.2.1
Imágenes Fotográficas.
3.2.2 Videos
del accidente del 22 de mayo de 1999 http://www.youtube.com/playlist?list=PL5EEF45D37C654A22
3.2.3 Mapa
de residuos extendido por calles vecinas
4 Los vertidos industriales de SC JOHNSON
Mapas del Recorrido histórico por las
calles de la zona:
4.3 Vertidos de Playa de Tanques de
Inflamables
4.3.1
Documental GTZ Se observa a SC Johnson vertiendo (Fenoles) a la vía pública
desde 2 sectores: http://youtu.be/Mchfk1lxq0M
4.3.2 Video
“Desechos industriales pasan por el jardín” (Jardín Municipal Pepino 88) https://www.youtube.com/watch?v=_ewsuuFHBsg
5 La cuestión toxicológica en el organismo
de los vecinos de la zona
5.1 Fenoles totales en orina y BTEX en
orina. Fragmento de la Nota de TERRATOX presentada ante el Ministerio de Salud
de la Nación el 30 junio 2003 y que dio origen al Exp: 7761-03.3 http://1drv.ms/WHaMO4
5.2 Pedido de ayuda de TERRATOX al OPDS
(con copia al Gobernador Scioli) en 2008 . Sin respuesta hasta la fecha http://1drv.ms/WGZjxY
6 La zona es un área de pasivo ambiental
6.2 Venimos
pidiendo medidas ambientales de manera consistente http://terratox.atspace.org/zterr/spa/etcharran14jun04.htm
6.3 ¿Quién
puede excavar en estos terrenos Sin Evaluación de Riesgos?:
Se debe
evaluar información acerca del lugar afectado
Se debe
determinar los contaminantes de interés
Se
identificar y evaluar las rutas ambientales (aires, suelo, agua)
Se
identificar y evaluar las rutas de exposición humana (dérmica, oral,
respiratoria)
Se debe
identificar las implicaciones para la salud humana.
PEDIMOS A LA AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS
DE PRECAUCIÓN Y PREVENCIÓN
Si se trata
de ampliación de derechos entonces se escuchará nuestro reclamo.
Remediar y,
luego, instalar cloacas en zona Johnson.
Los
principios están para regir y orientar las políticas de los responsables para
que tomen medidas con respaldo en la ética. Según “El principio precautorio,
una definición práctica” (Informe del Grupo de Expertos sobre el principio
precautorio de la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la
Tecnología (COMEST); Pág. 14):
“Cuando las actividades humanas pueden acarrear
un daño moralmente inaceptable que es científicamente plausible pero incierto,
se adoptarán medidas para evitar o disminuir ese daño. El daño moralmente
inaceptable consiste en el infligido a seres humanos o al medio ambiente que
sea:
una amenaza
contra la salud o la vida humanas, o grave y efectivamente irreversible, o
injusto para las generaciones presentes o futuras, o impuesto sin tener
debidamente en cuenta los derechos humanos de los afectados.
El juicio de
plausibilidad deberá basarse en un análisis científico. El análisis tendrá que
ser permanente de modo que las medidas resueltas puedan reconsiderarse.
La
incertidumbre podrá aplicarse a la capacidad o a los límites del posible daño,
pero no se circunscribirá necesariamente a esos elementos.
Las medidas
constituyen intervenciones iniciadas antes de que sobrevenga el daño y que
procuran evitarlo o disminuirlo. Deberá optarse por medidas que sean
proporcionales a la gravedad del daño potencial, habida cuenta de sus
consecuencias positivas y negativas, y se procederá a una evaluación de las
repercusiones morales tanto de la acción como de la inacción. La elección de la
acción deberá ser el resultado de un proceso de participación”.
En cuanto al
Principio de Prevención: debe orientar la política ambiental y sanitaria para
tomar medidas si se está frente a riesgos cuyas consecuencias son conocidas y se
dispone realmente de antecedentes fidedignos para cuantificar las
probabilidades.
Se ha dicho que “En tal caso, es posible ocuparse de los
riesgos, por ejemplo, acordando un nivel de riesgo aceptable respecto de una
actividad y estableciendo medidas suficientes para mantener el riesgo por
debajo de ese nivel” (Ver: Elementos comunes, en el Informe del Grupo de
Expertos sobre el principio precautorio de la Comisión Mundial de Ética del
Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST);Pág. 13).
Sin otro particular,
Saludo a Ud. Muy atte.
ÁNGEL
RODOLFO NAVARRO
PRESIDENTE
A los 8 días
del mes de septiembre del Año de NSJC 2014
¿Qué es la AGENCIA DE PLANIFICACION?
La A.PLA se creó en el año 2007 por Ley 26221. Ésta aprueba el Convenio Tripartito suscripto el 12 de octubre de 2006 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Disuelve el ETOSS (Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios), creando la Agencia de Planificación y el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS).
La APLA tiene competencia en el área comprendida por los territorios de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y en los partidos de la Pcia de Bs. As: Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, General San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López, Hurlingham e Ituzaingó en los servicios de agua potable y desagües cloacales.
Misión
•La interacción entre los Municipios y la Concesionaria para coordinar la planificación de obras.
•La coordinación integral de la planificación, seguimiento e información
•Coordinar la planificación de obras y realizar el seguimiento de su ejecución desde el punto de vista técnico y económico
•Planificar coordinando recursos y efectuando el seguimiento de los planes que se establezcan desde la perspectiva de universalizar el servicio en el ámbito de la concesión
Objetivos
La A.PLA tiene como objetivo coordinar la planificación de obras necesarias para lograr un servicio de agua y cloaca de carácter universal mediante la interacción con los Municipios y la Concesionaria, debiendo mediante un seguimiento individual realizar el control de las obras a los efectos de tener a la comunidad informada sobre el desarrollo de las mismas.
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viernes, 12 de septiembre de 2014
TERRATOX lanza volantes preventivos ante el silencio de Secretaría de Salud Pública de Tres de Febrero.
VOLANTE PREVENTIVO
TERRATOX comenzó a distribuir estos volantes preventivos porque:
AySA avanza en sitio contaminado (Zona Johnson) y eso puede significar un riesgo sanitario para la población de la zona o para determinadas personas vulnerables (niños, embarazadas, ancianos, enfermos, discapacitados). Lo venimos alertando desde 2011. Donde decíamos. Cloacas: Sí. Pero en suelo descontaminado.
Problemáticas en vías respiratorias y en la piel pueden surgir a partir de actividades de remoción de suelos. Es un impacto negativo previsible donde quiera que ese tipo de obras se lleven a la práctica.
AySA señala, en sus informes técnicos, las siguientes ACTIVIDADES CONTAMINANTES: excavaciones; movimientos de maquinarias pesadas; acumulación de grandes volúmenes de insumos, tierra, residuos y/o escombros, trabajos de demolición, etc.
Obviamente, cuando todo eso se realiza en Zona Johnson los riesgos se incrementan a causa de los antecedentes de contaminación de suelo (además de agua y aire).
En esta situación de abandono de personas, Salud Pública municipal sigue cómoda en su silencio. Sin responder la Nota en la cual reclamamos Acciones sanitarias preventivas:
"Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos sanitarios móviles" Exp. Nº 42598 / T 2014 .
En Zona Johnson, AySA (Aguas y Saneamientos Argentinos SA) sigue adelante con sus Obras. En tanto, Secretaría de Salud pública calla.
Y si no calla, las zanjas y el material particulado (partículas de tierra y polvo) de todo tamaño van extendiéndose por el ambiente más rápido que las decisiones que aun no se tomaron y que debieron ser tomadas a lo sumo una hora después de que el Secretario de Salud Pública se notificó de nuestra nota. A esta hora, hasta la carpeta que contiene al expediente 42598/T 2014 sigue a la espera de que AySA termine sus Obras de red cloacal.
En este contexto, TERRATOX lanza volantes preventivos ante el silencio de Secretaría de Salud Pública de Tres de Febrero. La distribución de estos volantes ya se inició (A quien desee colaborar, le rogamos se comunique con TERRATOX llenando el siguiente FORMULARIO DE CONTACTO).
La idea es que los sectores vecinales expuestos conozcan las precauciones mínimas ante los impactos negativos agregados que pueden ocasionar las excavaciones sobre suelos bajo sospecha de contaminación.
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jueves, 28 de agosto de 2014
Exp. Nº 42598 / T 2014: Acciones sanitarias preventivas: Señales de Alarma y Puestos sanitarios móviles
Pablo
Podestá, 27.8.2014
Municipalidad de Tres de Febrero
Secretario de Salud PúblicaDr. Don Domingo Jorge Collia
Ref.: Acción
sanitaria preventiva:
Señales de alarma y
Puestos sanitarios móviles
VEMOS QUE:
Desde la
mañana de ayer 26.8.2014, en la calle
Sargento Díaz, en el tramo comprendido entre Av. Márquez y Los Poetas, se están
efectuando obras de zanjeo en zona
considerada sitio contaminado. Tal sitio abarca como mínimo un radio
de 3 manzanas en torno al predio de SC
JOHNSON & SON. Sostenemos íntegramente lo expresado y documentado en
anteriores notas y a las cuales remitimos. (*)
(*) HISTORIA DOCUMENTAL DE TERRATOX
2011 ALERTA A CONCEJALES; 2012 ALERTA AL INTENDENTE; 2012 PIDE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA; 2013 DENUNCIA SUELO CONTAMINADO; 2013 PIDE ACCESO A INFORMACIÓN; 2013 PIDE COMUNICACIÓN DE RIESGOS.
En la barra lateral: lista de contaminantes detectados en suelo de la zona.
Las obras
mencionadas son para instalar la red de desagües cloacales en una zona que
hemos venido denunciando como área de
riesgo para la salud de la población. O en otras palabras, una zona con
pasivos ambientales a la espera de remediación. Este proyecto de
infraestructuras de saneamiento es llevado a cabo por AySA (Aguas y
Saneamientos Argentinos S.A.); el
Ministerio de Planificación Federal , Inversión Pública y Servicios y otros
entes. Pero, para TERRATOX, sea quien sea que lo lleve a cabo debió esperar que
se proceda a remediar la zona en
cuestión para no afectar a la población con excavaciones en suelo contaminado.
(*) Sistema de Saneamiento Cloacal, Estudio Ambiental SISTEMA CUENCA HURLINGHAM, Resumen Ejecutivo. 2008. PÁG. 22, 4.4.3.5 Salud y seguridad.
La propia empresa AySA, en sus Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) para sus proyectos de expansión de redes de agua corriente o cloacales, menciona y enumera efectos negativos de la etapa constructiva. Por ejemplo, con relación al suelo, AySA reconoce que “ciertas acciones
pueden producir contaminación”. A modo de ejemplo, AySA cita las siguientes acciones que pueden contaminar: excavaciones; movimientos de maquinarias pesadas; disposición temporaria de grandes volúmenes de insumos, tierra, residuos y/o escombros, trabajos de demolición, etc.
pueden producir contaminación”. A modo de ejemplo, AySA cita las siguientes acciones que pueden contaminar: excavaciones; movimientos de maquinarias pesadas; disposición temporaria de grandes volúmenes de insumos, tierra, residuos y/o escombros, trabajos de demolición, etc.
Respecto a esto, los Estudios de Impacto Ambiental de AySA agregan: “Los efectos que puedan producirse en estos casos serán negativos, de intensidad media o alta, de alcance local, de incidencia directa, carácter eventual y la duración de sus efectos será temporal”. (*)
(*) Sistema de Saneamiento Cloacal, Estudio Ambiental SISTEMA CUENCA HURLINGHAM, Resumen Ejecutivo. 2008. PÁG. 21, 4.4.3.2 Suelo.
(*) Sistema de Saneamiento Cloacal, Estudio Ambiental SISTEMA CUENCA HURLINGHAM, Resumen Ejecutivo. 2008. PÁG. 21, 4.4.3.2 Suelo.
JUZGAMOS QUE:
TERRATOX ya dio suficientes advertencias acerca del incremento del riesgo ambiental y sanitario que se puede desatar mediante acciones como la remoción de tierra contaminada. TERRATOX dejó suficientemente documentada la necesidad de remediación ambiental del terreno que ocupa la planta SC JOHNSON & SON hasta abarcar un área de 300 metros alrededor de ese establecimiento industrial.
Incluso la propia empresa AySA reconoce los efectos negativos que se derivan de la etapa constructiva de sus proyectos de expansión de servicios. Los estudios de AySA aceptan que: Durante la etapa constructiva los
únicos impactos sobre la salud pública que eventualmente pueden producirse estarán relacionados con la emisión de material particulado, olores y/o ruidos. Y luego, reconocen que: “la salud pública puede verse afectada por: … El depósito transitorio de tierra y residuos sólidos, que si no se encuentran debidamente acopiados ya sea por lixiviado, arrastre, o voladuras pueden ocasionar afecciones en las vías respiratorias y en la piel de ocasionales transeúntes y/o vecinos” (*). Entonces, es lógico considerar que esos efectos negativos que señala AySA pueden elevarse a niveles insospechados cuando actividades tales como excavaciones se realizan en sitios contaminados.(*) Sistema de Saneamiento Cloacal, Estudio Ambiental SISTEMA CUENCA HURLINGHAM, Resumen Ejecutivo. 2008. PÁG. 22, 4.4.3.5 Salud y seguridad.
En razón del escenario contaminado, las actividades de zanjeo o excavaciones; movimientos de maquinarias pesadas; disposición temporaria de grandes volúmenes de insumos, tierra, residuos y/o escombros, trabajos de demolición, etc. producirán la aparición de polvo contaminado que invadirá el ambiente. El polvo contaminado tiene poder para impactar en la salud del vecindario del lugar. Por lo tanto, surge una alta probabilidad de aparición de sintomatologías relacionables con cuadros de exposición a residuos peligrosos de origen industrial que están contaminando el suelo en torno a la planta Johnson. El polvo estará impregnado de esos residuos peligrosos. El polvo no sólo está en el aire. Puede viajar y depositarse en el piso de casa, muebles, ropa, juguetes, enseres de cocina, alimentos, etc. Los contaminantes presentes en el polvo pueden ingresar al organismo de las personas por tres vías: por vía oral, por vía dérmica; por vía inhalatoria.
RECLAMAMOS
QUE:
1º.-
Se informe a la población local
sobre el modo de identificar señales de alarma.
De tal modo que la gente conozca
cuáles son los síntomas o efectos agudos por exposición a contaminantes
ambientales y que todos sepan a dónde acudir en caso de emergencia para ser
atendidos. Especialmente aquellas familias que cohabiten con menores, ancianos,
embarazadas, enfermos y/o discapacitados.
2º.-
Se instalen, en la zona de
riesgo, puestos sanitarios móviles y que la población en riesgo sea informada
suficientemente de ello.
El contexto justifica una intervención preventiva. El más mínimo
respeto al derecho a la Salud
exige que el Estado esté preparado ante una probable demanda de atención por
parte de víctimas de impactos negativos de las actividades de zanjeo.
Los puestos sanitarios móviles
deberán estar integrados con toxicólogos ambientales o en su defecto con
personal médico en interconsulta permanente con Centros de información
Toxicológica. Sería deseable que los puestos
permanezcan in situ, preventivamente, mientras las actividades de zanjeo
se realicen. Y que estén disponibles
extendiendo su permanencia si la situación así lo exige.
La presente
nota consta de 4 hojas. Incluye imágenes
-en hoja 4- de las actividades de zanjeo.
Sin otro
particular, lo saludo muy atte.
ÁNGEL RODOLFO NAVARRO
Presidente
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lunes, 11 de agosto de 2014
No hay día del Niño.
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sábado, 7 de junio de 2014
EL PERIODISMO ¿FACTOR DE CONCIENCIA AMBIENTAL URBANA?
EL PERIODISMO PUEDE
LLEGAR A SER GENERADOR DE CONCIENCIA AMBIENTAL URBANA
1. Cuando a
incendios, fugas tóxicas o explosiones en industrias le denomine EMERGENCIA
QUÍMICA O ACCIDENTE INDUSTRIAL MAYOR. Lo cual implica que el medio
ambiente fue invadido por agentes químicos nocivos que ponen en riesgo
a la salud población.
2. Cuando
mencione y reitere el NOMBRE O RAZÓN SOCIAL y EL RUBRO de la empresa en la que
se produjo la emergencia.
3. Cuando
contextualice informando que LA EMERGENCIA SE PRODUCE EN CERCANÍAS DE
HOSPITALES, ESCUELAS, JARDINES DE INFANTES, MATERNIDADES, GERIÁTRICOS, CLUBES,
VIVIENDAS U OTRAS EMPRESAS.
4. Cuando
insista en indagar qué RESIDUOS PELIGROSOS originados en esas emergencias están
en el aire durante esas emergencias, o se esparcen en el suelo o pueden llegar
a alcantarillas, ríos, arroyos o napas.
5. Cuando
llame la atención acerca de la presencia o ausencia en el lugar de las AUTORIDADES
DE CONTROL AMBIENTAL que deberían efectuar las pertinentes mediciones
ambientales cuyos resultados deben compartirse automáticamente con autoridades sanitarias.
6. Cuando
remarque que después de incendios, fugas tóxicas o explosiones en industrias,
lo habitual es que quede, en el lugar y alrededores, un SITIO CONTAMINADO, o
sea, que se trata de un área con riesgo para la salud de la población hasta que
sea remediada.
7. Cuando
interrogue a las autoridades acerca “del inicio de las TAREAS DE
REMEDIACIÓN del sitio contaminado o presuntamente contaminado”.
8. Cuando a
las frases: “se registraron víctimas”
o “No se registraron víctimas”
agregue: “Pero todavía se desconoce el número de VÍCTIMAS AMBIENTALES de esta
emergencia”
9. Cuando
pregunte si LAS AUTORIDADES SANITARIAS saben a qué contaminantes ambientales se
expuso a la población y qué estudios toxicológicos ordenarán y que seguimiento
se realizará en todo caso (especialmente, niños, ancianos, embarazadas,
enfermos).
10. Cuando
indague si la industria donde ocurrió la emergencia está inscripta o no en el REGISTRO
NACIONAL PARA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES INDUSTRIALES MAYORES.
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